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Resolución 53 de 2005

Resolución 53 de 2005 Empresa de Renovación Urbana - ERU

Tipo
Resolución
Número
53
Año
2005
Fecha
24 de agosto de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 53 DE 2005 (Agosto 24) "Por la cual se declara el decaimiento de la Resolución [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16068#0) de 2005" LA GERENTE DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE BOGOTA, En uso de las facultades legales y, en especial, las consagradas en el artículo 22, literal r) del acuerdo 01 de 2004,

CONSIDERANDO:

Por acuerdo 060 del 9 de mayo de 2002, el Concejo de Bogotá, dictó normas para promover la transparencia en la vinculación de personal al Distrito Capital. Con fundamento en el antes mencionado acto administrativo, la Gerente de la Empresa de Renovación Urbana, expidió la resolución 05 de 2005, por la cual se adopta el procedimiento de selección de personal de la Empresa y en ella señala los pasos que se deben aplicar a toda persona que ingrese a prestar sus servicios como trabajador oficial o empleado público. El Congreso de la república expidió la ley 909 de 2004, por la cual se regula el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública. En ella se asigna, a la Comisión Nacional del servicio civil, la competencia para adelantar los concursos o procesos de selección de los empleados públicos. Con esta ley pierde fuerza ejecutoria el acuerdo distrital 60 de 2002 y, por ende, decae la resolución 05 de 2005, emanada de la gerencia de la Empresa de Renovación Urbana, por haber desaparecido los fundamentos de derecho que la originaron, en los términos del artículo 66 del código contencioso administrativo. Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Declarar sin fuerza ejecutoria la resolución 005 de 2005, expedida por este despacho, por la cual se adopta el procedimiento de selección de la Empresa de Renovación Urbana del Distrito Capital de Bogotá.

Artículo segundo.

Para efectos de la vinculación de trabajadores oficiales a la Empresa de Renovación Urbana, se escogerá, de entre un número plural de candidatos, aquel que se ajuste al perfil y exigencias para el cargo, en cada caso, con observancia del régimen de inhabilidades e incompatibilidades contemplados en la Constitución Política y la ley.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Expedida en Bogotá, a los 24 días del mes de agosto de 2005. PATRICIA RENTERIA SALAZAR Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3464 de diciembre 30 de 2005.

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