Decreto Local 009 de 2005
Decreto Local 9 de 2005 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2005
- Fecha
- 26 de diciembre de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO LOCAL 009 DE 2005 (Diciembre 26) Por el cual se liquida el Acuerdo Local No.[03](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18765#0) de 2005 por el cual se aprueba el presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativa para la vigencia Fiscal de 2006, comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2006. LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVA En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 1139 de 2000 en sus artículos 19 y 21.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local – JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto."
Que la Alcaldía Local cumplió oportunamente con la presentación del anteproyecto de presupuesto según oficio CAF-FDLE 2005-3500 de fecha Noviembre 30 de 2005 radicado en la Junta Administradora Local el día 02-12-2005.
Que el día 15 de Diciembre de 2005 a las 10.24 a.m. la Junta Administradora Local radica oficio de fecha 14 de Diciembre de 2005 firmado por José Orlando Daza- Presidente JAL, dirigido a la Dra. Hilda María Mancera de Mancera- Alcaldesa Local de Engativá con el número 014801 CALE, mediante el cual informa que para dar cumplimiento a lo establecido en el decreto 1139/2000. La corporación en la discusión presupuestal, solicita su visto bueno, para no incluir los excedentes financieros planteados en el proyecto de inversión del año 2006, por considerar que estos no se ajustan a la ley presupuestal, teniendo en cuenta la discusión dada en el seno de la Corporación durante el debate de la inversión 2006. Oficio el cual la Alcaldesa Local lo ratifica con visto Bueno y firma.
Que con Oficio JALE 499-05 de fecha 21-12-2005 radicado CALE 015132 remite el Acuerdo Local No. 03 de 2005 aprobado por la Junta Administradora Local el día 15 de Diciembre de 2005, para su respectiva sanción en 4 folios. Así mismo el anexo informativo presupuesto en 9 folios.
Que revisado el acuerdo Local No 03 de 2005, se observó la inclusión del Artículo Tercero que dice así: _"El presente acuerdo va acompañado de su respectivo anexo Informativo"._ El subrayado es nuestro.
Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 17 establece que "El computo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del presente Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del F.D.L. y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000".
Que igualmente, la Junta Administradora Local, en sesión del 14 de diciembre de 2005, invitó a la Alcaldesa Local a su debate de aprobación de presupuesto y presentó ajustes presupuestales, e incorporación de un nuevo proyecto y componentes: los cuales fueron aprobados en debate tal como consta en acta y en grabación, por la Alcaldesa Local emitió su visto bueno tal como reposa en acta y en grabación.
Que en analogía con los Artículos 4 y 15 del Decreto 427 de 2004 por medio del cual se liquidó el presupuesto anual del Distrito Capital y teniendo en cuenta que en la expedición del Acuerdo Local No. 03 de 2005, la Junta Administradora local incorporó un nuevo proyecto y componentes, por lo tanto se procede a ajustar las ficha e incluirlas, para poder desarrollarlos en la vigencia 2006.
Que por lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta que la Alcaldesa Local de Engativá sancionó el Acuerdo Local No. 03 de 2005 el día 23 de Diciembre de 2005. **
DECRETA:
Artículo primero.
- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2006 por la suma de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS PESOS MCTE ($52.766.144.516.00) según el siguiente detalle: | CODIGO ---
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