Decreto Local 45 de 2005
Decreto Local 45 de 2005 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 45
- Año
- 2005
- Fecha
- 16 de diciembre de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO LOCAL 45 DE 2005 (Diciembre 16) "Por medio del cual se expide el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2006 " LA ALCALDESA LOCAL (E) DE ANTONIO NARIÑO en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 21 del Decreto 1139 de 2000, y
CONSIDERANDO:
1.
Que la Alcaldesa Local (E) de Antonio Nariño presentó oportunamente el proyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2006 a la Junta Administradora Local. 2.
Que la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, no presentó observaciones, al proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldesa Local (E), para la vigencia fiscal 2006. 3.
Que la Junta Administradora Local no radicó en la Alcaldía Local de Antonio Nariño el Acuerdo de Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, incumpliendo el Artículo 18 "De la aprobación y expedición del presupuesto" del Decreto 1139 de Diciembre 29 de 2000. 4.
Que en cumplimiento de la norma en cita, regirá el proyecto presentado por la Alcaldesa Local (E) adoptado mediante Decreto Local. 5.
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, literal (f) del Decreto 714 de 1996, el proyecto de presupuesto presentado por la Alcaldesa Local (E), cuenta con el concepto favorable del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS, según reunión No. 15 del 26 de Noviembre de 2005, para la Vigencia Fiscal del año 2006, por la suma de $13.149.626.445. 6.
Que de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Localidad Antonio Nariño 2005 - 2008 y con el plan de inversión correspondiente, se han distribuido las partidas en el plan de cuentas del presupuesto de acuerdo al Plan de Desarrollo "BOGOTA SIN INDIFERENCIA, Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión " en los diferentes rubros presupuestales. 7.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Aprobar el presupuesto anual de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal de 1 de Enero a 31 de Diciembre de 2006, en la cantidad de $13.149.626.445 TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VENTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE. | IMPUTACION | CONCEPTO | PRESUPUESTO 2006 ---|---|--- 1 | Disponibilidad Inicial | 4.612.380.084,00 2 | INGRESOS | 8.537.246.361,00 2,1 | INGRESOS CORRIENTES | 104.959.054,00 2,1,2 | No Tributarios | 71.702.086,00 2,1,2,03 | Multas | 71.702.086,00 2,1,2,04 | Rentas Contractuales | 31.527.950,00 2,1,2,04,02 | Arrendamientos | 31.527.950,00 2,1,2,99 | Otros ingresos no Tributarios | 1.729.018,00 2,2 | TRANSFERENCIAS | 6.896.153.934,00 2,2,4 | ADMINISTRACION CENTRAL | 6.896.153.934,00 2,2,4,05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 6.896.153.934,00 2,2,4,05,01 | Vigencia | 6.220.662.698,00 2,2,4,05,02 | Vigencia anterior | 675.491.236,00 2,4 | RECURSOS DE CAPITAL | 1.536.133.373,00 2,4,3 | Rendimientos por operaciones financieras | 7.959.009,00 2,4,3,02 | Otros Rendimientos por Operaciones Financieras | 7.959.009,00 2,4,5 | Excedentes Financieros | 1.528.174.364,00 | Total Ingresos + Disponibilidad Inicial | 13.149.626.445,00
Artículo segundo.
Aprópiese para atender las Inversiones y Gastos del presupuesto anual de la localidad de Antonio Nariño, durante la vigencia fiscal de1 de Enero a 31 de Diciembre de 2006 en la cantidad de $13.149.626.445 TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE. 3,3 | INVERSIÓN | 13.149.626.445,00 ---|---|--- 3.3.1 | DIRECTA | 7.861.755.125,00 3.3.1.12 | BOGOTA Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión | 7.861.755.125,00 3.3.1.12.01 | EJE SOCIAL | 3.126.130.050,00 3.3.1.12.01.01 | Bogotá sin hambre | 811.018.533,00 3.3.1.12.01.01.2627 | Implementar una cadena productiva experimental | 5.250.000,00 3,3,1,12,01,01,2438 | Apoyo a programas de ayuda alimentaria para restaurantes escolares y comedores comunitarios | 738.797.636,00 3,3,1,12,01,01,2629 | Apoyo a programas de promoción, nutrición y capacitación en el manejo de alimentos | 66.970.897,00 3.3.1.12.01.02 | Más y Mejor educación para todos y todas | 801.150.000,00 3.3.1.12.01.02.2672 | Adecuación y dotación a los IEDS | 801.150.000,00 3,3,1,12,01,04 | Restablecimiento de derechos e inclusión social | 1.193.846.517,00 3,3,1,12,01,04.2434 | Apoyo socioeconómico a la población vulnerable | 837.978.000,00 3,3,1,12,01,04,2462 | Apoyo productivo y programas de sensibilización a personas victimas de la drogadicción y prevención de la salud sexual reproductiva | 275.868.517,00 3,3,1,12,01,04,2444 | Asistencia y rehabilitación a personas víctimas de Maltrato | 80.000.000,00 3,3,1,12,01,09 | Cultura para la inclusión social | 160.000.000,00 3,3,1,12,01,09,2424 | Realización de programas y eventos culturales | 80.000.000,00 3,3,1,12,01,09,2619 | Implementación escuela de artes y oficios | 80.000.000,00 3,3,1,12,01,10 | Recreación y deporte para todos y todas | 160.115.000,00 3,3,1,12,01,10,2426 | Realización de programas y eventos recreodeportivos | 160.115.000,00 3,3,1,12,02 | EJE URBANO REGIONAL | 3.122.673.674,00 3,3,1,12,02,11 | Hábitat desde los barrios y las UPZ | 1.703.542.901,00 3,3,1,12,02,11,2425 | Construcción y dotación de espacios comunales y/o culturales de la localidad | 367.500.000,00 3,3,1,12,02,11.2430 | Mejoramiento, adecuación y reorganización de la infraestructura de Plazas de Mercado, para el desarrollo industrial y comercial | 200.000.000,00 3,3,1,12,02,11,2431 | Recuperación de vías de la localidad | 621.042.901,00 3,3,1,12,02,11,2432 | Recuperación andenes, separadores, plazoletas y corredores de la localidad | 420.000.000,00 3,3,1,12,02,11,2649 | Apoyo al fortalecimiento de acciones de prevención y control de riesgos y atención de emergencias de la localidad | 95.000.000,00 3.3.1.12.02.15 | Bogotá productiva | 1.419.130.773,00 3.3.1.12.02.15.2587 | Creación de la Vitrina Turística Comercial de Antonio Nariño | 100.000.000,00 3.3.1.12.02.15.2656 | Apoyar la creación de una Unidad local de Desarrollo Empresarial ULDE | 1.319.130.773,00 3,3,1,12,03 | EJE DE RECONCILIACION | 785.232.820,00 3.3.1.12.03.16 | Gestión pacífica de conflictos | 80.115.000,00 3,3,1,12,03,16,2698 | Apoyo y promoción de mecanismos para la resolución de conflictos e instancias de justicia alternativa | 80.115.000,00 3,3,1,12,03,20 | Atención integral de violencia, delincuencia y orden público | 559.043.591,00 3,3,1,12,03,20,2422 | Capacitación y dotación de elementos para la seguridad local | 559.043.591,00 3,3,1,12,03,24, | Participación para la decisión | 146.074.229,00 3,3,1,12,03,24,2421 | Creación de una escuela de participación ciudadana para la difusión y divulgación de normas | 30.000.000,00 3,3,1,12,03,24,2618 | Fortalecimiento a procesos en comunicación local | 30.000.000,00 3,3,1,12,03,24,2631 | Fortalecimiento al Centro de Apoyo a Organizaciones Ciudadanas y Sociales | 86.074.229,00 3,3,1,12,04 | OBJETIVO GESTION PUBLICA HUMANA | 827.718.581,00 3,3,1,12,04,30 | Administración moderna y humana | 413.018.581,00 3,3,1,12,04,30,2459 | Fortalecimiento de la capacidad operativa de la Administración Local | 413.018.581,00 3,3,1,12,04,31 | Localidades modernas y eficaces | 324.450.000,00 3,3,1,12,04,31,2449 | Proceso de fortalecimiento de la descentralización | 324.450.000,00 3,3,1,12,04,37 | Bogotá transparente y efectiva | 90.250.000,00 3,3,1.12.04,37,2446 | Acciones de apoyo a la transparencia y efectividad de la gestión local | 90.250.000,00 3,3,6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 5.287.871.320,00 3,3,6,01 | Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior | 4.232.689.929,00 3,3,6,03 | Obligaciones por Pagar Otras Vigencias | 1.055.181.391,00 | TOTAL GASTOS | 13.149.626.445,00 4 | Disponibilidad final | 0,00 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 13.149.626.445,00
Artículo tercero.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de 2005.
NUBIA RODRÍGUEZ RUBIO Alcaldesa Local (e) de Antonio Nariño NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3454 de diciembre 16 de 2005.
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