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Resolución 049 de 2006

Resolución 49 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
049
Año
2006
Fecha
15 de febrero de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 049 DE 2006 (Febrero 15) Por la cual conforma el Comité de Incentivos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 79 del Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 76 del Decreto Reglamentario 1227 de 2005, establece que los planes de Incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tiene por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades.

Que para tal efecto cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 77 del Decreto 1227 de 2005.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Decreto Reglamentario 1227 de 2005, cada entidad establecerá el procedimiento para la selección de los mejores empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción, así como para la selección y evaluación de los equipos de trabajo y los criterios a seguir para dirimir los empates, con sujeción a lo señalado en este Decreto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Conformar el Comité de Incentivos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., el cual estará integrado por:

* El Subsecretario General o su delegado. * Director de Gestión Corporativa o su delegado. * Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o su delegado. * Jefe de la Unidad de Recursos Humanos o su delegado. * Representantes de los empleados ante la Comisión de Personal, tanto principal como suplente.

Artículo segundo.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 15 días de febrero de 2006. ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General

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