Jurismart

Resolución DSH-000153 de 2006

Resolución 153 de 2006 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
DSH-000153
Año
2006
Fecha
24 de mayo de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN DSH-000153 DE 2006 (Mayo 24) "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución DSH-000203 del 27 de diciembre de 2005, por medio de la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los Impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos». LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA, D.C., En uso de las facultades conferidas en los artículos 16 y 130 del Decreto Distrital 807 de 1993 y los parágrafos 3º de los artículos 1 y 8 del Acuerdo No. 26 del 29 de diciembre de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que la obligación de los contribuyentes del régimen simplificado del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros no esta referida solamente al pago sino a la presentación de la declaración tributaria y en tal sentido es necesario modificar el artículo 3º de la Resolución DSH-000203 de 2005.

Que el Decreto Nacional 564 de 2006 dispuso como requisito previo a la expedición de licencias por parte de las curadurías urbanas, el acreditar el pago de los impuestos, siendo necesario modificar el artículo 7º de la Resolución DSH-000203 de 2005, en cuanto se refiere al plazo para declarar y pagar el impuesto de delineación urbana. En merito de lo expuesto este despacho,**

RESUELVE:

Artículo 1.

- **El artículo [tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18731#3) de la Resolución DSH-000203 del 27 de diciembre de 2005, quedará así:

Artículo tercero.

_Plazos para declarar y pagar el impuesto de industria, comercio, avisos y tableros por parte de los contribuyentes del régimen simplificado_.

Los contribuyentes del régimen simplificado del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros deben cumplir con la obligación de declarar y pagar el impuesto por el año gravable 2006 a más tardar el 16 de febrero del año 2007.**

Artículo 2.

El artículo [séptimo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18731#7) de la Resolución DSH-000203 del 27 de diciembre de 2005, quedará así:

Artículo septimo.

Plazos para declarar y pagar el impuesto de delineación urbana._ **Los contribuyentes del impuesto de delineación urbana deberán presentar la declaración y pagar la totalidad del impuesto antes de la expedición de la correspondiente licencia, en consecuencia solo se expedirá la misma, si se comprueba por parte del curador, la declaración y el pago del impuesto pertinente.

Artículo 3.

- _Vigencia_. La presente Resolución rige a partir de su vigencia. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de mayo de dos mil seis (2006). PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3547 de mayo 26 de 2006.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar