Resolución 0948 de 2006
Resolución 948 de 2006 Registraduría Nacional del Estado Civil
- Tipo
- Resolución
- Número
- 0948
- Año
- 2006
- Fecha
- 15 de febrero de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCION 0948 DE 2006 (febrero 15) por la cual se modifica parcialmente la resolución número [0497](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16659#0) del 24 de febrero de 2005. LA REGISTRADORA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el inciso 2 del artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 121 del Código Electoral y el numeral 11 del artículo 5° del Decreto-ley 1010 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, la dirección y organización de las elecciones;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 207 del Código Electoral, las elecciones para integrar el Senado de la República y la Cámara de Representantes, se deben realizar el segundo domingo del mes de marzo, fecha que para el período constitucional 2006-2010 corresponde el 12 de marzo de 2006;
Que mediante Resolución número 0497 de fecha 24 de febrero de 2005, se estableció el calendario electoral para las elecciones del Congreso de la República, período constitucional 2006-2010;
Que se han recibido de parte de los diferentes partidos y movimientos políticos, peticiones para que se amplíe el término señalado en el calendario electoral para presentar las listas de ciudadanos que actuarán como testigos electorales,**
RESUELVE:
Artículo 1°. Ampliar el término hasta el 28 de febrero de 2006, para que los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos entreguen a los Delegados Departamentales, Registradores Distritales, Especiales, Auxiliares y Municipales, las listas de personas de reconocida honorabilidad para que actúen como testigos electorales, en las elecciones del 12 de marzo de 2006. Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2006. La Registradora Nacional del Estado Civil, Almabeatriz Rengifo López. El Secretario General (E.), Carlos Alberto Arias Moncaleano. (C.F.) NOTA: Publicada en el Diario oficial 46184 de febrero 16 de 2005.
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