Jurismart

Resolución 407 de 2006

Resolución 470 de 2006 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital Centro Oriente II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Tipo
Resolución
Número
407
Año
2006
Fecha
29 de diciembre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 407 DE 2006 (Diciembre 29) Por la cual se impulsa y se adquiere un compromiso en el Hospital Centro Oriente II Nivel de Atención ESE con relación al programa "Salud a su Hogar" EL GERENTE DEL HOSPITAL CENTRO ORIENTE II NIVEL E.S.E. En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que dentro del Plan de Desarrollo para la ciudad de Bogotá. D.C. "Bogotá sin indiferencia, un compromiso social de lucha contra la pobreza y la exclusión", en le componente de salud se plantea entregar salud para todos y todas, a través del modelo de atención integral con enfoque familiar y comunitario "SALUD A SU HOGAR", que espera fortalecer la capacidad de respuesta en atención primaria en salud -APS.

Que la atención primaria en salud-APS se define como el cuidado integral de la salud para todos y por todos, entendiéndose el cuidado integral como la curación y prevención integradas a partir de las necesidades de las personas y una forma de respuesta orientada hacia las familias en determinadas áreas, para el caso del Hospital Centro Oriente II Nivel de Atención ESE, a la población de las localidades de Santa Fe, Mártires y Candelaria.

Que la Gerencia del Hospital Centro Oriente II Nivel de Atención ESE, participará en el modelo "Salud a su Hogar", por ver sus potencialidades, que redundará en mejorar la gestión y la salud de la población.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

- Impulsar y comprometer al Hospital Centro Oriente II Nivel de Atención ESE, en el programa "SALUD A SU HOGAR", dentro de los lineamientos establecidos en dicho programa.

Artículo 2.

-** Para el cabal cumplimiento del programa, se deberá disponer de todo lo necesario, para que se lleve a cabo en debida forma, respondiendo oportunamente con todos los recursos, tanto humanos, físicos y tecnológicos.

Artículo 3.

- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C, a los veintinueve (29) días del mes de Diciembre de dos mil seis (2006). RICARDO BEIRA SILVA Gerente H.C.O

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar