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Resolución 1240 de 2006

Resolución 1240 de 2006 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Tipo
Resolución
Número
1240
Año
2006
Fecha
28 de diciembre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 1240 DE 2006 (Diciembre 28) "Por el cual se establece la estructura tarifaria aplicable a los usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, en el Distrito Capital durante el año 2007." EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ. E.S.P., En ejercicio de sus facultades estatutarias y de la delegación efectuada por la Junta Directiva mediante el Acuerdo No 12 de diciembre 20 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 263 de diciembre de 2006, el Concejo Distrital, en aplicación de la metodología establecida en los Decretos 1013 de 2005 y 057 de 2006 del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, definió los siguientes factores de subsidio y aporte solidario para el servicio de acueducto en el Distrito Capital aplicables en el año 2007:

Que a fin de dar aplicación a la ley 142 de 1994, y sus decretos reglamentarios, en materia de contribuciones y subsidios, para el cobro de los servicios de acueducto y alcantarillado, se hace necesario aplicar en las estructuras tarifarias los factores de subsidios y aportes establecidos por las Administraciones Municipales y los Concejos Municipales y Distritales.

Que mediante el Acuerdo No 12 del 20 de diciembre de 2006, la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, delegó en el Gerente General la incorporación en las estructuras tarifarias de los factores de subsidios y aportes del año 2007, cuando éstos sean establecidos por las Administraciones Municipales y los Concejos Municipales y Distritales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Estructura Tarifaria.** Adoptar las siguientes tarifas, en pesos de Diciembre de 2006, a aplicar a los usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, a partir del mes de enero de 2007 en el Distrito Capital:

Artículo segundo.

- Indexación.-** Los valores tarifarios contemplados en el artículo anterior se expresan en pesos de Diciembre de 2006 y se indexarán de conformidad con las normas vigentes expedidas para el efecto por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Artículo tercero.

Vigencia y Derogatoria. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días de diciembre de 2006. ÉDGAR ANTONIO RUIZ RUIZ Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3679 de diciembre 29 de 2006.

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