Resolución 5449 de 2006
Resolución 5449 de 2006 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 5449
- Año
- 2006
- Fecha
- 13 de octubre de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 5449 DE 2006 (Octubre 13) [Derogada por el art. 16, Resolución IDU - DG 1194 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36454#16) "Por la cual se modifica la Resolución[1705](http://www.alcaldiabogota.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=20216#0)del 19 de abril de 2006, la cual compiló, las resoluciones de delegación y se delegaron unas funciones". LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las conferidas por el numeral 10º del artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 y,
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.
Que el artículo 9º de la ley 489 de 1998, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, faculta a las autoridades administrativas para delegar en sus colaboradores de los niveles directivo y asesor, el ejercicio de funciones con los requisitos y en las condiciones establecidas en los estatutos respectivos.
Que el Acuerdo 19 de 1972, por el cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Instituto, establece en sus artículos 16 numeral 26 y 17 numeral 10, que corresponde a la Junta Directiva autorizar previamente al Director General para efectuar delegaciones en sus subalternos.
Que mediante la resolución de la Junta Directiva 015 del 13 de octubre de 2005 el Director General fue autorizado por la Junta Directiva para delegar algunas funciones.
Que mediante la resolución de la Junta Directiva 003 del 24 de febrero de 2006, se adicionó la resolución 015 del 13 de octubre de 2005.
Que como quiera que con la citada resolución 003 del 24 de febrero de 2006, la Junta Directiva del Instituto autorizó a la Directora General para delegar en el Director Técnico de Predios la función de: _"Expedir los actos administrativos y realizar los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa, respecto de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el decreto 359 del 29 de septiembre de 2005 y el decreto 410 del 04 de noviembre de 2005, así como aquellos inmuebles o zonas de terreno requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos, descritos en los planos y estudios adelantados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, con base en el acto administrativo correspondiente que expida el señor Alcalde Mayor declarando la urgencia, por razones de utilidad pública e interés social, sin límite en su cuantía",_ ésta debe ser delegada, mediante la presente resolución.
Que mediante la resolución de la Dirección General 1705 del 19 de abril de 2006, se compilaron las resoluciones de delegación expedidas hasta esta fecha y se delegaron unas funciones.
Que mediante la resolución de la Junta Directiva 009 del 27 de julio de 2006, se adicionó la resolución 015 del 13 de octubre de 2005.
Que como quiera que con la citada resolución 009 del 27 de julio de 2006, la Junta Directiva del Instituto autorizó a la Directora General para delegar en los Subdirectores Generales, Directores Técnicos y en los Jefes de Oficina de Gestión la función de: "Hacer el reconocimiento de los pasivos exigibles" y modificó la autorización al Director Técnico Legal la función de: _"Otorgar poderes a funcionarios abogados del IDU o a particulares que tengan la calidad de abogados titulados, para adelantar los trámites relativos al ejercicio de la jurisdicción coactiva, para que representen al Instituto en los procesos ante la jurisdicción ordinaria, contencioso administrativa, así como ante las autoridades administrativas y de policía y en las diligencias judiciales extraprocesales, a excepción de lo relacionado con el tema de expropiación",_ adicionando lo subrayado, éstas deben ser delegadas, mediante la presente resolución.
Que adicionalmente a través de la resolución 009 del 27 de julio de 2006, la Junta Directiva del Instituto autorizó a la Directora General para delegar en el Director Técnico de Predios todas las funciones relacionadas con los procesos de expropiación adelantados por la entidad, lo que comprende el otorgamiento de poderes a abogados funcionarios del IDU y a particulares que acrediten la condición de abogado titulado, para que ejerzan la representación de la entidad en los procesos de expropiación judicial, ante la respectiva jurisdicción.
Que con el propósito de desarrollar en una mejor forma las funciones del Instituto y de esta manera cumplir a satisfacción con los cometidos de la administración, se hace necesario expedir un acto administrativo que señale las funciones que la Dirección General ha delegado en servidores del nivel directivo que participan en la decisión de los asuntos de la Entidad.
Que en mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.** Modificar el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20216#2) de la resolución 1705 del 19 de abril de 2006 expedida por la Dirección General del IDU, el cual quedará así:
Artículo 2.
Delegar en el Director Técnico Legal: Además de las señaladas en el artículo 1, le serán delegadas las siguientes funciones: \- Celebrar contratos de asesoría jurídica, cuya cuantía inicial no supere los 27.973 SMMLV y realizar todos los trámites requeridos para la suscripción, debida ejecución, modificación, adición, prórroga, terminación y liquidación. Así mismo, expedir los correspondientes actos administrativos inherentes a la etapa de selección, ejecución y liquidación de los contratos, así como la relacionada con la declaratoria del siniestro y la efectividad de la garantía única de cumplimiento y sus correspondientes amparos. El ejercicio de esta función delegada se ejercerá de acuerdo con el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, el Plan Anual de Inversión, el Plan de Contratación y el Presupuesto de Funcionamiento del IDU. \- Reconocer y ordenar el gasto de las condenas y demás decisiones judiciales que se profieran contra la entidad, con cargo al presupuesto de inversión, a excepción de lo relacionado con el tema de expropiación. \- Otorgar poderes a funcionarios abogados del IDU o a particulares que tengan la calidad de abogados titulados, para adelantar los trámites relativos al ejercicio de la jurisdicción coactiva, para que representen al Instituto en los procesos ante la jurisdicción ordinaria, contencioso administrativa, así como ante las autoridades administrativas y de policía y en las diligencias judiciales extraprocesales, a excepción de lo relacionado con el tema de expropiación. ARTÍCULO 2. Modificar el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20216#5) de la resolución 1705 del 19 de abril de 2006 expedida por la Dirección General del IDU, el cual quedará así:
Artículo 5.
Autorizar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para delegar en el Director Técnico Predios: \- Además de las señaladas en el artículo 1, le serán delegadas las siguientes funciones: \- Realizar los trámites inherentes a la adquisición y saneamiento de predios y suscribir los respectivos contratos y demás documentos soporte de la negociación y titulación de predios; así como los relacionados con la enajenación y administración de predios del IDU. \- Expedir los actos administrativos y realizar los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa, respecto de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el decreto 204 del 03 de julio de 2003, sin límite en su cuantía. \- Expedir los actos administrativos y realizar los trámites tendientes a lograr la expropiación por vía administrativa, respecto de los inmuebles requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos señalados en el decreto 359 del 29 de septiembre de 2005 y el decreto 410 del 04 de noviembre de 2005, así como aquellos inmuebles o zonas de terreno requeridos para la ejecución de cada uno de los proyectos, descritos en los planos y estudios adelantados por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, con base en el Acto Administrativo correspondiente que expida el señor Alcalde Mayor declarando la urgencia, por razones de utilidad pública e interés social, sin límite en su cuantía. \- Otorgar poderes a funcionarios abogados del IDU o a particulares que tengan la calidad de abogados titulados, para adelantar los trámites relativos al tema de expropiación, para que representen al Instituto en los procesos administrativos y judiciales de expropiación ante jurisdicción competente.** \- Expedir los actos administrativos tendientes a lograr la expropiación por vía judicial.
Artículo 3.
El ejercicio de las funciones delegadas se hará de conformidad con el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, el Manual de Contratación, el Manual de Interventoría, el Plan Operativo Anual de Inversión, el Plan Anual de Contratación y el presupuesto de funcionamiento e inversión del IDU.
Artículo 4.
El funcionario delegatario rendirá informes mensuales al Director General sobre el ejercicio de las funciones delegadas y será responsable de todos los actos que realice en ejercicio de las mismas.
Artículo 5.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.** PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). GALIA DOBREVA DOBREVA Directora General (E.) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3637 de octubre 20 de 2006.
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