Resolución 1959 de 2006
Resolución 1959 de 2006 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1959
- Año
- 2006
- Fecha
- 18 de mayo de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1959 DE 2006 (Mayo 18) [Derogada por el art. 5, Resolución IDU 4880 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45083#5) «Por la cual se adopta el Manual denominado «ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DE MATERIALES Y CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE ESPACIO PÚBLICO EN BOGOTÁ, D.C. - IDUET 2005» del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU». LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las señaladas en el numeral 1º del Artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital, y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo 19 de 1972 creó y reglamentó el funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano como un establecimiento público descentralizado encargado de la ejecución de la infraestructura física para la movilidad.
Que en desarrollo de lo anterior, le corresponde al Instituto de Desarrollo Urbano señalar los requisitos técnicos que deben cumplir los procesos de concepción del sector vial en sus dos modalidades: geométrico y estructura de pavimento.
Que en el artículo 1º del decreto distrital 759 del 4 de septiembre de 1998, se estipula, que el mantenimiento, rehabilitación, reparación, reconstrucción, pavimentación de zonas de espacio público destinadas a la movilidad, tales como: vías, puentes vehiculares y peatonales, zonas verdes, zonas peatonales, andenes, monumentos públicos, separadores viales y obras complementarias, estarán a cargo del Instituto de Desarrollo Urbano.
Que el parágrafo único del artículo 140 del decreto distrital 619 de 2000 "Por el cual se revisa el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.", establece que el Instituto de Desarrollo Urbano, deberá llevar a cabo los estudios técnicos para la construcción y mantenimiento de las vías que conforman cada uno de los subsistemas y sus relaciones.
Que el numeral 3 del artículo 199 del Decreto Distrital 469 del 23 de diciembre de 2003 "Por el cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para Bogotá, Distrito Capital", establece que el IDU deberá elaborar un plan de administración, mantenimiento, dotación y preservación de alamedas, paseos peatonales, separadores, andenes y zonas de control ambiental.
Que dentro de la misión institucional del IDU se incluye la construcción de la infraestructura física necesaria para los siguientes sistemas generales definidos en el Decreto Distrital 469 de 2003 "Por el cual se revisa el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.": Sistema de movilidad (subsistemas vial, de transporte, de regulación y control del tráfico y vial peatonal) y sistema de espacio público construido: parques y espacios peatonales.
Que es necesario establecer especificaciones de materiales y construcción que señalen los requerimientos técnicos que deben cumplir los procesos de concepción, materiales, construcción, mantenimiento, rehabilitación, recuperación, adecuación y control de las obras relacionadas con el Sector Vial Urbano de Bogotá D.C. y sus actividades complementarias.
Que el IDU mediante la resolución Nº 2934 del 09 de abril de 2003, adoptó el Reglamento Técnico para la ejecución de obras en el Sector Vial del Distrito Capital, norma RSV-2002, y se establecieron los requisitos técnicos que deben cumplir los procesos de concesión, diseño, construcción, mantenimiento, rehabilitación, recuperación, adecuación y control de las obras relacionadas con el Sector Vial Urbano de Bogotá D.C., y sus actividades complementarias.
Que el IDU expidió la resolución Nº 5037 del 11 de julio de 2003, "Por la cual se creó el Comité de Investigación y Desarrollo Tecnológico para la Infraestructura Física ejecutada por el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU".
Que el IDU mediante la resolución Nº 12053 del 24 de noviembre de 2003, se modificó la resolución Nº 2934 del 09 de abril de 2003 y se actualizaron las funciones de la Junta Técnica Asesora del Reglamento Técnico para la ejecución de obras en el Sector Vial del Distrito Capital, Norma RSV-2002.
Que al instalarse la Junta Técnica Asesora como un organismo activo de la Investigación y Desarrollo Tecnológico del Instituto de Desarrollo Urbano, se direccionan de manera efectiva los lineamientos técnicos vigentes para llevar a cabo el procedimiento de revisión, modificación y actualización del Reglamento Técnico para la ejecución de obras en el sector vial del Distrito Capital, reglamento RSV-2002.
Que el IDU con la resolución Nº 6976 del 11 de junio de 2004, "Por el cual adopta el Reglamento de la Junta Técnica Asesora del Reglamento IDU 2002 y se modifican las resoluciones 2934 del 9 de abril de 2003 y 12053 del 24 de noviembre de 2003", resuelve cambiar la denominación del Reglamento Técnico así: "Reglamento IDU 2002".
Que el IDU mediante resolución Nº 10767 del 14 septiembre de 2004, decidió suspender la aplicación de la resolución Nº 2934 del 9 de abril de 2003, mediante la cual se adoptó el "Reglamento IDU 2002", en razón a que era necesario aplicar normas actualizadas en cuanto algunas especificaciones relacionadas con los materiales, diseño y procesos constructivos.
Que mediante resolución Nº 10767 del 14 de Septiembre de 2004, se estableció que de forma temporal las ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS del Instituto Nacional de Vías - Resolución INVIAS Nº 2662 del 27 de junio de 2002 serían las Especificaciones a cumplir en los Términos de referencia de Estudios y Diseños y en los Pliegos de Condiciones de Obras Civiles de Construcción, Mantenimiento y Rehabilitación entre tanto, el IDU no disponga de un documento interno de Especificaciones Generales de Materiales y Construcción.
Que la necesidad de ajustar el "Reglamento IDU 2002", para la ejecución de obras en el sector vial de Bogotá D.C., esta relacionada con la posibilidad de actualizar algunas especificaciones relacionadas con los materiales, diseño y procesos constructivos, atendiendo a la dinámica propia de la ingeniería vial.
Que el Instituto de Desarrollo Urbano suscribió el Convenio de Cooperación Nº 40 de 2004 con la Sociedad Colombiana de Ingenieros cuyo objeto consistió en "Aunar esfuerzos entre las partes con el fin de adelantar las actividades tendientes a efectuar una actualización y ajuste del Reglamento Técnico IDU para ejecutar obras viales en Bogotá, conforme a las Especificaciones relacionadas con materiales y construcción, actualizado con el estado del arte en el tema, aplicable directamente a nuestra realidad productiva y acorde con la dinámica de la ingeniería vial".
Que dichas Especificaciones constituyen una herramienta fundamental para el logro de los fines y propósitos que persigue el Instituto de Desarrollo Urbano, los cuales no son otros que el bienestar de la comunidad, a través de la construcción de obras de infraestructura que cumplan altos niveles de calidad y que garanticen su adecuada conservación y uso.
Que en mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar el Manual denominado "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DE MATERIALES Y CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE ESPACIO PÚBLICO EN BOGOTA, D.C. - IDU ET 2005", el cual forma parte integral del presente acto administrativo el cual esta conformado por trescientos treinta y cinco (335) folios.
Artículo segundo.
Las modificaciones y/o actualizaciones del Documento "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DE MATERIALES Y CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE ESPACIO PÚBLICO EN BOGOTA, D.C. - IDU ET 2005", son responsabilidad del Comité de Investigación y Desarrollo aprobado por el Subdirector General Técnico y se adoptarán por medio de resolución de la Dirección General.
Artículo tercero.
En los términos de referencia de estudios y diseños, y en los pliegos de condiciones de obras civiles de construcción, mantenimiento y rehabilitación que se estructuren a partir del 1 de Junio de 2006, deberán acogerse a las "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DE MATERIALES Y CONSTRUCCIÓN PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y DE ESPACIO PÚBLICO EN BOGOTA, D.C. - IDU ET 2005". Los términos de referencia de estudios y diseño y los pliegos de condiciones de obras civiles de construcción, mantenimiento y rehabilitación, que con anterioridad a esta fecha hayan citado las Especificaciones Técnicas 2005, deberán tenerlas en cuenta. Los procesos que se encuentran en la fase final de estudios, diseños y construcción con la Especificación del INVIAS 2002, continuarán con estas Especificaciones.
Artículo cuarto.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.** Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18)días del mes de mayo de dos mil seis (2006). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. HELENA MARGARITA CARDONA URIBE Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3556 de junio 09 de 2006. El manual puede ser consultado en las dependencias de la entidad que expide el presente acto.
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