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Resolución 323 de 2006

Resolución 323 de 2006 Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección de Prevención y Atención de Emergencias -DPAE-

Tipo
Resolución
Número
323
Año
2006
Fecha
6 de octubre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 323 DE 2006 (Octubre 06) Por la cual se determinan los componentes para la formulación e implementación de los planes de emergencia en Jardines Infantiles en el Distrito Capital. EL DIRECTOR DE LA DIRECCION DE PREVENCION Y ATENCION DE EMERGENCIAS DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las previstas en el artículo 7º del Decreto Distrital No. 332 de 2004

CONSIDERANDO:

Que el articulo 7 del decreto distrital 332 de 2004 establece que "de conformidad con el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias y de acuerdo con los parámetros e instrucciones preparados por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias.DPAE, se adoptaran planes de Emergencia en virtud de los cuales se definirán las políticas, los sistemas de organización y los procedimientos generales aplicables para enfrentar de manera adecuada, oportuna y eficaz las situaciones de calamidad, desastre o emergencia, en sus distintas fases, con el fin de mitigar o reducir los efectos negativos o lesivos de las situaciones que se presenten".

Que para poner en ejecución lo dispuesto en materia de planes de emergencia en jardines infantiles es indispensable establecer tales componentes para el funcionamiento seguro de dichos lugares;

RESUELVE:

Artículo 1º.

Objeto: Establecer los componentes para la formulación e implementación de los planes de emergencia en jardines infantiles, que se precisan en la presente resolución.

Artículo 2º.

Componentes: a. DESCRIPCIÓN GENERAL: En este capitulo deberá efectuar la descripción general de la institución, entidad, organismo, en los aspectos como: i. Nombre de la entidad o institución ii. Dirección iii. Barrio iv. Localidad v. Estrato vi. Nombre del Responsable general vii. Teléfonos viii. Fax ix. Población fija: ejemplo (alumnos por niveles: lactantes, preescolar, primaria, secundaria, otros). x. Población de docentes y planta administrativa en general. b. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL En el aparte se detallara como esta organizada la institución y como son sus esquemas de coordinación (para emergencias) cuales son las funciones dentro de la estructura y quienes son los responsables de las mismas. i. Estructura y Jerarquía ii. Coordinación iii. Funciones y Responsabilidades (Nombre del o los docentes encargados del Plan). c. ANÁLISIS DE RIESGOS (DIAGNOSTICO)** Debe cumplirse con los aspectos contemplados en las guías para planes de emergencia escolar, desarrolladas por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias, así: i. Matriz de amenazas (Según Guía del Docente II*, Unidad 2, ejercicio 1) ii. Matriz de vulnerabilidad (Guía del Docente II, Unidad 2, ejercicio 2) iii. Matriz de riesgo (Guía del Docente II, Unidad 2, ejercicio 3) iv. Escenario de riesgo interno y externo con la respectiva señalización y rutas de evacuación, recursos físicos, etc. claramente identificado (Guía del Docente II, Unidad 2, ejercicio 4). v. Matriz de acciones de intervención y los respectivos actores sociales (Guía del Docente II, Unidad 3, ejercicio 2) vi. Inventario de recursos (humanos, físicos, organizativos) para el plan de respuesta (Guía del Docente II, Unidad 5, Anexo 1).

Artículo 3º.

Vigencia: La presente Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Parágrafo. Los Jardines Infantiles tendrán 6 meses a partir de la expedición de esta resolución para acogerse a los requisitos por ella establecidos. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá Distrito Capital, a los seis (6) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). FERNANDO RAMÍREZ CORTÉS Director Dirección de Prevención y Atención de Emergencia Secretaría de Gobierno Bogotá, Distrito Capital NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3670 de diciembre 15 de 2006.

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