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Resolución 142 de 2006

Resolución 142 de 2006 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp

Tipo
Resolución
Número
142
Año
2006
Fecha
8 de marzo de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCION 142 DE 2006 (marzo 8) por la cual se adopta el Manual de Implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 en el Estado Colombiano. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 3° del Decreto 1599 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el numeral 12 del artículo 2° del Decreto 188 de 2004, al Departamento Administrativo de la Función Pública, le corresponde "fijar las políticas generales en materia de Control Interno";

Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, "por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, MECI 1000:2005", en su artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16547#3) establece que el Departamento Administrativo de la Función Pública, administrará y distribuirá para todas las entidades del Estado, los instrumentos necesarios para el diseño, desarrollo e implementación de cada uno de los elementos, componentes y subsistemas del Modelo Estándar de Control Interno;

Que se hace necesario que las entidades del Estado Colombiano cuenten con instrumentos técnicos para diseñar, desarrollar e implementar cada uno de los elementos, componentes y subsistemas del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005,**

RESUELVE:

Artículo 1°. _Adoptar el Manual de Implementación del Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005_. El cual hace parte integrante de la presente resolución y tiene como propósito orientar a las entidades en la implementación y desarrollo de cada uno de los subsistemas, componentes y elementos que conforman el Modelo Estándar de Control Interno. Artículo 2°. El manual que se adopta a través de la presente resolución, se aplica en todas las entidades relacionadas en el artículo 5° de la Ley 87 de 1993. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2006. Fernando Grillo Rubiano. (C.F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46299 de junio 14 de 2006.

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