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Resolución 2185 de 2006

Resolución 2185 de 2006 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR

Tipo
Resolución
Número
2185
Año
2006
Fecha
27 de julio de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCION 2185 DE 2006 (julio 27) por la cual se modifica el inciso segundo del artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20128#24) de la Resolución 1141 de 2006. LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA, CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere la Ley 99 de 1993 y la ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1141 del 12 de abril de 2006 la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR adoptó el Plan de Manejo Ambiental de la zona de reserva forestal Bosque Oriental de Bogotá, y estableció otras determinaciones.

Que el artículo 24 de la citada resolución ordenó la realización de una audiencia pública con el fin de socializar el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, la cual serviría para iniciar los procesos de optimización de sus componentes, en especial lo referente a la formulación de programas y proyectos determinándose que la misma se llevaría a cabo dentro de los tres (3) meses siguientes a su expedición, para lo cual la Corporación, mediante acto administrativo estab lecería fecha, la hora y el lugar para su correspondiente realización.

Que mediante Resolución 1725 del 14 de junio de 2006 se convocó la celebración de la Audiencia Pública para la socialización del Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, la cual se llevaría a cabo el día 9 de julio de 2006 en el Auditorio Centro de Convenciones o Sala Brahms de Compensar, ubicado en Avenida Carrera 68 Nº 49 A-47.

Que mediante escrito radicado en esta Corporación bajo el número 08402-1 del 5 de julio de 2006, la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios solicitó se aplazara la audiencia pública, por cuanto los representantes de las diferentes instituciones presentes en la reunión de la Mesa de Cerros Orientales, manifestaron su interés de profundizar en los detalles del plan con el objeto de hacer comentarios al respecto.

Que mediante Resolución número 1962 del 5 de julio de 2006 se suspendió la celebración de la Audiencia Pública para la socialización del Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá y se dispuso que la misma se llevaría a cabo el día dieciséis (16) de septiembre de 2006, a las 8:00 a. m., en el Auditorio Centro de Convenciones o Sala Brahms de Compensar, ubicado en Avenida Carrera 68 No 49 A-47.

Que tendiendo en cuenta que la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, en la semana del 11 al 16 de septiembre de 2006 estará celebrando en la Universidad Externado de Colombia los 45 años de su creación, se considera conveniente que la Audiencia Pública para la socialización del Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá se realice en la misma institución universitaria.

Que en mérito de lo expuesto,**

RESUELVE:

Artículo 1º. Modificar el inciso segundo del artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20128#24) de la Resolución 1141 de 2006, modificado mediante Resolución número 1962 de 2006, el cual quedará de la siguiente manera: "La Audiencia Pública, se llevará a cabo el día dieciséis (16) de Septiembre de 2006, a las 8:00 a. m., en el Auditorio Principal de la Universidad Externado de Colombia, ubicado en la Calle 12 Nº 1-17 Este, Bloque G de Bogotá". Artículo 2º. Los demás términos y condiciones de las Resoluciones 1141 y 1962 de 2006, continúan plenamente vigentes. Artículo 3º. Publicar la presente resolución en el _Diario_ _Oficial_, en el Boletín de la Corporación, así como en la página web de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR. Artículo 4º. Contra la presente providencia no procede ningún recurso por la vía gubernativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo. Publíquese, comuníquese y cúmplase. La Directora General, Gloria Lucía Alvarez Pinzón. (C.F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46350 de agosto 04 de 2006.

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