Resolución 139 de 2006
Resolución 139 de 2006 Comisión Nacional de Televisión
- Tipo
- Resolución
- Número
- 139
- Año
- 2006
- Fecha
- 9 de febrero de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCION 139 DE 2006 (febrero 9) por la cual se modifica la Resolución [854](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18317#0) del 24 de noviembre de 2005 a través de la cual se "dictan disposiciones sobre propaganda electoral contratada en el servicio de televisión para la consulta popular para la selección de candidatos a la Presidencia de la República para el período constitucional 2006-2010". LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 2°, 4°, 5° literal a) y 12 literal a) de la Ley 182 de 1995 y 26 de la Ley 130 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional de Televisión a través de la Resolución 854 del 2 de noviembre de 2005, de conformidad a las facultades otorgadas en la ley, dictó disposiciones sobre propaganda electoral contratada en el servicio de televisión para la consulta popular para la selección de candidatos a la Presidencia de la República para el periodo constitucional 2006 ¿ 2010;
Que la Ley 996 de 2005 en su artículo 24 permite la propaganda electoral contratada en los concesionarios y operadores privados de televisión para las elecciones presidenciales;
Que la Resolución 2049 del 7 de septiembre de 2005 expedida por el Consejo Nacional Electoral determinó en su artículo 1° y en su artículo 2°:_ Artículo 1°. Fíjese el 12 de marzo de 2006, como fecha para la realización de las consultas populares y de las consultas populares internas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que opten por este mecanismo en fecha coincidente con las elecciones ordinarias, para la toma de decisiones o la selección de los candidatos únicos a la Presidencia de la República para el período constitucional 2006 ¿ 2010.
Parágrafo. - En este caso, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica reconocida, deberán dar aviso al Consejo Nacional Electoral por escrito y allegar copia de la decisión adoptada de acuerdo con los estatutos, antes del día 12 de enero de 2006. Artículo 2. Fíjese el día 27 de noviembre de 2005 como fecha para la realización de las consultas populares y las consultas populares internas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que opten por este mecanismo en fecha no coincidente con las elecciones ordinarias, para la toma de decisiones o la selección de los candidatos únicos al Congreso y a la Presidencia de la República para el período constitucional 2006 ¿ 2010.
Parágrafo. En este caso, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica reconocida, deberán dar aviso al Consejo Nacional Electoral por escrito y allegar copia de la decisión adoptada de acuerdo con los estatutos, antes del día 27 de octubre de 2005. _ En atención al artículo segundo de la Resolución 3076 del 1° de noviembre de 2005 expedida por el Consejo Nacional Electoral, cuyo texto reza:_ Los concesionarios de los espacios de televisión podrán contratar propaganda electoral dentro de los treinta días anteriores a la celebración de las elecciones para la Consulta Popular, con los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. La Comisión Nacional de Televisión determinará el tiempo y espacio a través de los cuales el concesionario puede emitir este tipo de propaganda._ Que la Fundación Rodrigo Rivera Presidente elevó una consulta ante la CNTV en la cual solicitó precisar los límites de mensajes comerciales de cada precandidato que participa en las consultas populares a celebrarse en marzo 12 de 2006; En virtud de lo anterior, la CNTV determinó modificar el artículo cuarto de la Resolución 854 de 2005 para evitar desigualdades en las condiciones y límites de propaganda electoral contratada por cada partido político que haga uso de ella, y por tanto,
RESUELVE:
Artículo 1°. El numeral 7 del artículo [cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18317#4) de la Resolución 854 expedida por la Comisión Nacional de Televisión el 24 de noviembre de 2005 quedará así:_ "Artículo Cuarto.- Limitaciones a la propaganda electoral contratada. Quienes de conformidad con la presente resolución estén autorizados a emitir propaganda electoral contratada deberán cumplir las siguientes condiciones: 7. Diariamente solo se podrán transmitir, por cada destinatario a quienes se refiere el artículo primero de esta resolución, diez (10) mensajes comerciales regulares de propaganda electoral contratada por cada precandidato que participe en la consulta popular de su respectivo partido o movimiento político con personería jurídica. Dentro de los límites establecidos en este numeral solo se podrá emitir hasta cuatro (4) mensajes comerciales regulares de propaganda electoral contratada en franja prime."_ Artículo 2°. En lo demás estése a lo dispuesto en l a resolución 854 del 24 de noviembre de 2005. Artículo 3°. V _igencia y comunicaciones._ La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Se remitirá copia de la presente resolución al Consejo Nacional Electoral. Dada en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2006. Publíquese y cúmplase. El Director, Jorge Figueroa Clausen. (C. F.)
NOTA: Publicada en el Diario oficial 46181 de febrero 13 de 2006.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…