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Resolución 048 de 2006

Resolución 48 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
048
Año
2006
Fecha
13 de septiembre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 048 DE 2006 (Septiembre 13) [Derogada por la Resolución Distrital 016 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36403#0) "Por la cual se designa el delegado del Alcalde Mayor ante el Comité Local de Salud Ocupacional" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus facultades legales y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y 9° de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nacional No. 16 de 1997 (enero 9) expedido por el Presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto Ley 1295 de 1994, acto por el cual se reglamenta la integración, el funcionamiento y la red de los comités nacional, seccionales y locales de salud ocupacional, en su Artículo 17 estipula la integración de los comités locales de salud ocupacional ordenando que en ellos tomará parte el Alcalde del Municipio o Distrito, o su delegado.

Que conforme con el artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor como jefe de la Administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales.

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 prescribe que las autoridades administrativas, en virtud de los dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.**

RESUELVE:

Artículo 1°.

Delegar la participación del Alcalde Mayor en el Comité Local de Salud Ocupacional en el doctor CARLOS ALBERTO JUNCA TORRES identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.337.878 de Bogotá, actual Subdirector Técnico de Recreación y el Deporte IDRD.

Artículo 2°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución [071](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14343#0) de julio 7 de 2004.** COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los trece días del mes de Septiembre de 2006 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor

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