Resolución 018 de 2007
Resolución 18 de 2007 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 018
- Año
- 2007
- Fecha
- 12 de enero de 2007
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 018 DE 2007 (Enero 12) [Derogada por el art. 22, Resolución Secretaría General 76 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23576#22) "Por la cual se fijan las directrices para la Rendición de la Cuenta de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Contraloría de Bogotá D.C., en cumplimiento de la Resolución Reglamentaria No.[020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#0)de 2006." EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º y el literal (i) del artículo 8º del Decreto No. 094 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo 209, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, Que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los Fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.
Que el artículo 267 de la Constitución Política, establece que la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En los casos excepcionales, previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial.
Que la Ley 951 de 2005, creó el acta de informe de gestión y fijó las normas para la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos del Estado, estableciendo la obligación para los servidores públicos en calidad de titulares y representantes legales, y los particulares que administren fondos o bienes del Estado, de presentar al separarse de sus cargos o al finalizar la administración, a quienes los sustituyan legalmente en sus funciones, un informe de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.
Que el Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría General comprende el Sistema de Gestión de Calidad, el Sistema de Control Interno, el Sistema de Desarrollo Administrativo y el Sistema de Gestión Ambiental, basados en un enfoque por procesos.
Que el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECÍ 1000: 2005, adoptado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con la Resolución 041 de 2006, en el numeral 2.5 objetivos de información, literal b) dispone que se deben "Establecer los procedimientos que permitan la generación de la información que por mandato legal, le corresponde suministrar a la Entidad a los Órganos de Control Externo".
Que la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante Resolución Reglamentaria Nº [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#0) de Septiembre de 2006, señala los métodos y establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, reglamenta su revisión y unifica la información que se debe presentar la Contraloría de Bogotá, D.C. En el parágrafo 3 del artículo 14 la Resolución determinó que (...) "La Contraloría de Bogota D.C, podrá efectuar la verificación respectiva en la fuente, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionatorio determinado en la Ley 42 de 1993 y la Resolución reglamentaria de la Entidad que regule este proceso".[ ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#0)Que el Artículo 62 de la citada Resolución establece los tipos de sanciones a imponer a los responsables de conformidad con la parte primera del Código Contencioso Administrativo, Decreto 01 de 1984 y demás disposiciones de carácter legal que lo modifiquen o adicionen y de conformidad con la resolución reglamentaria vigente en materia sancionatoria en la entidad.
Que el Secretario General debe rendir la cuenta consolidada sobre la gestión financiera, operativa, ambiental y de resultados, en los siguientes períodos, mensual, bimestral, intermedio, anual y al culminar su gestión.
Que cuando se delegue la presentación de la información, se remitirá junto con la información respectiva el acto administrativo por el cual se produce dicha delegación.
Que la rendición de la cuenta a la Contraloría de Bogotá, D.C., deberá realizarse a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL - SIVICOF, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en el mismo.
Que el Capítulo V del Título II de la Ley 42 de 1993, reglamenta el régimen de sanciones y faculta a los contralores para su imposición cuando haya lugar en el ejercicio de la vigilancia y control de la gestión fiscal de la administración pública o particulares que manejen fondos, bienes o recursos públicos señalando las causales, forma y monto de las mismas.
Que es deber de todo servidor público de acuerdo con la Ley 734 de 2002, cumplir y hacer que se cumplan la Constitución, las leyes, los decretos, acuerdos distritales, los estatutos de la entidad, los reglamentos, los manuales de funciones y de procedimientos, entre otros. Por lo anterior se hace necesario establecer al interior de la Secretaría General las directrices para la rendición de cuenta a la Contraloría de Bogotá. DC. para que ésta sea eficaz, eficiente y efectiva. En mérito de lo anterior,**
RESUELVE:
CAPÍTULO I OBJETIVO Artículo 1. OBJETIVO. **La presente resolución tiene por objeto establecer directrices al interior de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para preparar, validar, consolidar y rendir la cuenta mensual, bimestral, intermedia y anual a la Contraloría de Bogotá D.C. Las mismas directrices se aplicarán al momento de culminar la gestión del Secretario General.
Parágrafo. La información reportada en la Cuenta Fiscal por la Secretaría General debe ser suficiente, veraz, confiable, verificable y oportuna.CAPÍTULO II DE LA CUENTA Y LA RENDICIÓN Artículo 2. RENDICIÓN DE LA CUENTA. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en virtud del deber legal y ético informará sobre la administración de bienes y recursos públicos asignados y sobre los resultados de la gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.
Parágrafo. La cuenta se estructurará con el conjunto de formatos electrónicos, documentos electrónicos y documentos físicos, en la forma y términos establecidos por la Contraloría de Bogotá, D.C., en la Resolución Reglamentaria 20 de 2006. Artículo 3º. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN. Los directores, subdirectores, jefes de oficina, responsables de áreas y demás servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que administran, procesan, presentan y custodian la información requerida en la cuenta, están obligados a suministrar la información en el medio y oportunidad exigidos en la presente resolución, así como permitir el acceso directo a los sistemas de información, previa autorización de claves y atributos debidamente controlados.CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES Artículo 4º. RESPONSABLES DE PREPARAR Y VALIDAR LA INFORMACIÓN. Son responsables de preparar y validar la información para la consolidación y posterior rendición de la cuenta los directores, subdirectores, jefes de oficina, responsables de áreas y demás servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de acuerdo con el siguiente cuadro: | ** TIPO DE
---
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…