Resolución 00116 de 2007
Resolución 116 de 2007 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
- Tipo
- Resolución
- Número
- 00116
- Año
- 2007
- Fecha
- 8 de mayo de 2007
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCIÓN 00116 DE 2007 (Mayo 8)[Derogada por el art. 4, Resolución 269 de 2019.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83765#4) Por la cual se establece el Comité de Publicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y en especial de las que le confiere el artículo 5 del Decreto 552 de 2006, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico fue creada mediante el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, y el Decreto 552 de 2006 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá determinó su estructura organizacional y sus funciones.
Que entre las funciones asignadas a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, se encuentra la de efectuar publicaciones impresas o digitales de carácter periódico sobre los temas propios de desarrollo económico y social de la ciudad.
Que para el cumplimiento de esta función se hace necesario crear una instancia colegiada que permita la participación y retroalimentación de las diferentes áreas del organismo y de las entidades adscritas y vinculadas a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. **
RESUELVE:
Artículo primero.
Creación y Conformación. Crear el Comité de Publicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el cual estará conformado por: a) El (la) Subsecretario (a) de Desarrollo Económico o su delegado, quien lo presidirá. b) El (la) Director (a) de Estudios Socioeconómicos y Regulatorios. c) El (la) Asesor (a) de Comunicaciones de la Secretaría.
Parágrafo. PRIMERO.- Invitación a otros funcionarios o expertos.** EL (la) Subsecretario (a) de Desarrollo Económico, en su calidad de Presidente del Comité de Publicaciones, de oficio o por recomendación del Comité de Publicaciones, podrá invitar a sus sesiones ordinarias o extraordinarias a otros funcionarios de la administración distrital o a expertos en los temas que estudie el Comité.
Parágrafo. SEGUNDO.- Invitados permanentes.** Será invitada permanente del Comité de Publicaciones, con voz pero sin voto, un (a) Asesor(a) del Despacho de la Secretaria de Desarrollo Económico, distinto del encargado del área de comunicaciones.
Artículo segundo.
Funciones. Son funciones del Comité de Publicaciones: a) Adoptar las orientaciones a implementar en las publicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas que regulan la austeridad del gasto. b) Definir los lineamientos para la implementación de la política de publicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. c) Definir las áreas temáticas y acordar los contenidos de los boletines, revistas y demás publicaciones periódicas, informes obligatorios o normativos y/o los artículos, documentos y textos en general que sean sometidos a su consideración. d) Elaborar el cronograma de publicaciones para cada vigencia, indicando las temáticas y las dependencias responsables de la elaboración de los artículos. e) Fijar los parámetros para la elaboración de las publicaciones. f) Revisar los materiales allegados al Comité de Publicaciones, solicitar los soportes que se consideren del caso y seleccionar los que serán objeto de publicación. g) Velar por el cumplimiento de las normas técnicas vigentes sobre elaboración de documentos, tales como las relacionadas con las fuentes documentales consultadas, citas y bibliografía. h) Diseñar la estrategia de publicaciones. i) Aprobar las artes finales de las publicaciones. j) Determinar las características de impresión, la calidad de los materiales, la cantidad de tintas (monocromía o bicromía), los formatos y demás aspectos asociados a la impresión. k) Recomendar al ordenador del gasto la distribución de los recursos disponibles para publicaciones en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. l) Establecer criterios para la divulgación del material editado, para lo cual se tendrán presentes, entre otras, las normas sobre austeridad en el gasto, los medios de comunicación más idóneos y económicos así como la distribución a las entidades que maximicen y multipliquen su uso y difusión. m) Las demás propias de su naturaleza.
Artículo tercero.
- Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones y funciones. **[Modificado por el art. 1, Resolución SDEE 146 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43074#1). El (la) Subdirector(a) de Regulación e Incentivos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico o su delegado (a), actuará como Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones. Son sus funciones las siguientes: a) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Publicaciones tanto a sus miembros como a los invitados permanentes y anexar el material que será objeto de estudio del Comité. b) Elaborar las actas del Comité de Publicaciones, las que serán suscritas por el (la) Presidente del Comité y la Secretaría Técnica del Comité. c) Mantener debidamente el archivo de las actas, de los documentos que se presenten al Comité y de las publicaciones realizadas. d) Mantener permanentemente actualizado al Comité sobre los recursos disponibles para las publicaciones. e) Llevar el registro, bases de datos y elaborar estadísticas sobre las publicaciones efectuadas. f) Las demás que le sean asignadas por el Comité de Publicaciones.
Artículo cuarto.
- Reuniones.** El Comité se reunirá en forma ordinaria una (1) vez por mes, y en forma extraordinaria cada vez que el (la) Presidente del Comité lo considere necesario, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica.
Artículo quinto.
- Decisiones.** Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría simple que constarán en actas.
Artículo sexto.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de mayo de dos mil siete (2007). CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ Secretaria de Despacho NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3758 de mayo 11 de 2007.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…