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Resolución 54 de 2007

Resolución 54 de 2007 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital Centro Oriente II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Tipo
Resolución
Número
54
Año
2007
Fecha
16 de febrero de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 54 DE 2007 (Febrero 16) Por la cual se modifica parcialmente una resolución EL GERENTE DEL HOSPITAL CENTRP ORIENTE II NIVEL DE ATENCIÓN – ESE En uso de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias.

CONSIDERANDO:

Que la política de Prevención, Control y vigilancia epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias de mayo de 2006, de la Secretaria Distrital de Salud para los prestadores de servicios de salud publicas y privados, así como estudios de resistencia bacteriana y costos de infección intrahospitalaria plantea tres líneas de acción prioritarias a intervenir; Gestión de Calidad de los servicios de la Salud, Vigilancia Epidemiológica de infecciones Intrahospitalarias y uso prudente de antibióticos.

Que el decreto No. 1011 de 2006 y la resolución No. 1403 de 2006, establecieron los estándares del Sistema Único del Habilitación, entre los cuales está el seguimiento a riesgo y los procesos prioritarios asistenciales que incluye la vigilancia epidemiológica para el control de infecciones intrahospitalarias.

Que se debe modificar la resolución No. 210 de mayo de 2001, emanada de la Gerencia del Hospital, para separar los Comités de Vigilancia Epidemiológica del Comité de Infecciones Intrahospitalarias y completar los integrantes y las funciones de dicho comité.

Que en mérito de la expuesta,

RESUELVE:

Artículo primero.

Modificar el artículo segundo de la Resolución No. 210 de mayo 7 de 2001, en lo referente a la separación del Comité de Vigilancia Epidemiológica COVE y el Comité de Infecciones Intrahospitalarias, su composición, objetivos y funciones de los miembros.

ARTÍCULO SEGUNDO – REUNIONES: El comité de Infecciones Intrahospitalarias, sesionara mensualmente al tercer viernes de cada mes y en forma extraordinaria cuando se requiera. De las reuniones, se dejara constancia escrita por medio de Actas.

Artículo tercero.

El comité de Infecciones Intrahospitalaria estará conformado por: * El Subgerente de Servicios de salud o su delegado, quien lo presidirá * El Subgerente Administrativo y financiero o quien haga sus veces a quien delegue * Un bacteriólogo del Laboratorio Clínico * El líder responsable de cada Grupo de Sede Asistencial con servicio de hospitalización. * Un médico Especializado del servicio Hospitalario o Quirúrgicos: Medicina Interna, ginecología y Pediatría. Se invitara un representante de cirugía según la pertinencia del caso. * Una enfermera Jefe de dedicación exclusiva para ejecutar el plan de acción institucional del Comité de Infecciones Intrahospitalarias. * Un epidemiólogo del área de vigilancia epidemiológica. * Un químico farmaceuta encargado de los servicios de farmacia intrahospitalaria. * Un representante encargado del área de calidad de la institución * Un representante del Comité de Ética. * Un profesional responsable del manejo de residuos hospitalarios.

Parágrafo. El Comité de Infecciones Intrahospitalarias podrá convocar el personal de la Institución acorde con el tema a tratar.

ARTÍCULO CUARTO – FUNCIONES: Son funciones del Comité: 1. Implementar la política de prevención, control y vigilancia epidemiológica de Infección Intrahospitalaria adoptada por el Hospital en líneas de intervención: Gestión de la Calidad, uso prudente de antibióticos y fortalecimiento de la vigilancia epidemiológica. 2. Aprobar el plan de acción anual para que sea implementado al interior de la institución por los responsables designados. 3. Revisar las guías y protocolos de control y prevención de infección intrahospitalaria para ajustarlas y recomendar la adopción mediante actos administrativos antes del proceso de socialización. 4. Revisar y ajustar al cronograma trimestralmente de capacitaciones sobre guías protocolos de control y prevención de infecciones Intrahospitalarias. 5. Proponer políticas para integrar los procesos de prevención y control de la infecciones Intrahospitalarias, manejo de residuos hospitalarios, aplicación de normas de bioseguridad y elementos de prevención del proceso de salud ocupacional (accidente biológico) 6. Promover la implementación de acciones de sensibilización al personal asistencial sobre la política y el uso prudente de antibióticos. 7. Analizar las (sic) indicadores, realizar el análisis de casos de infecciones Intrahospitalarias y realizar seguimiento sobre el comportamiento de resistencia bacteriana para proponer la elaboración de planes de mejoramiento o implementación de correctivos. 8. Velar por el cumplimiento de las normas y medidas de control de la infección Intrahospitalarias establecidas en la institución. 9. Intervenir oportunamente cuando se presente un caso o un brote. ARTÍCULO QUNTO: Las funciones de los integrantes del Comité de Infecciones intrahospitalarias serán las definidas en los lineamientos distritales ajustados acorde con sus competencias y manual de funciones institucional.

ARTÍCULO SEXTO – VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga parcialmente la Resolución No. 210 de mayo 7 de 2001. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) del mes de febrero de dos mil siete (2007) RICARDO BEIRA SILVA GERENTE

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