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Resolución 008 de 2007

Resolución 8 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
008
Año
2007
Fecha
12 de febrero de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 008 DE 2007 (Febrero 12) [Derogada por la Resolución Distrital 05 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28973#0) "Por la cual se designa un delegado ante la Asamblea Corporativa y el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de las facultades que le confieren el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y los artículos 38 y 35 del Decreto Ley 1421 del 21 de julio de 1993,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 24 de la Ley 99 de 1993, las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán tres (3) órganos principales de dirección y administración a saber: La Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo y el Director General.

Que la Asamblea Corporativa es el principal órgano de dirección de la Corporación y se encuentra integrada por todos los representantes legales de las entidades territoriales de su jurisdicción. A su turno el Consejo Directivo se encuentra conformado, entre otros, por los gobernadores de los departamentos sobre cuyo territorio ejerza jurisdicción la corporación autónoma regional o su delegado o delegados, de acuerdo con los artículos 25 y 26 de la Ley 99 de 1993.

Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en pronunciamiento del 13 de agosto de 1995 con número de radicación 713, al responder una consulta elevada por el Ministro de Gobierno sobre el derecho que le puede asistir al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., para formar parte del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, manifestó que efectivamente el Alcalde Mayor o su delegado tiene derecho a formar parte del Consejo Directivo de la citada Corporación, toda vez que ejerce en su jurisdicción las atribuciones que la Constitución y la Ley asignan a los gobernadores. Con fundamento en lo anterior, el artículo 22 de la Resolución 703 de 2003, por la cual se aprueban los estatutos de la CAR, establece que el Consejo Directivo se encuentra integrado, entre otros, por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., o su delegado.

Que con base en el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y con el propósito de dar aplicación a los principios que rigen la función administrativa señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, se hace necesario delegar la participación del Alcalde Mayor de Bogota D.C., en la Asamblea Corporativa y en el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR.

Que como consecuencia, mediante Resolución 098 de octubre 13 de 2004 se delegó la participación del Alcalde Mayor de Bogotá D.C. en la Asamblea Corporativa y en el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, en el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA.

Que mediante el Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamientos de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", se transformó el departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, el cual en adelante se denomina Secretaría Distrital de Ambiente.

Que en virtud de lo antes expuesto,**

RESUELVE:

Artículo primero.

-** Delegar la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en la Asamblea Corporativa y en el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, en la (el) Secretario (a) de Ambiente Distrital.

Artículo segundo.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución [098](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15155#0) de octubre 13 de 2004. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los 12 días de febrero de 2007 LUÍS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor

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