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Resolución 85 de 2007

Resolución 85 de 2007 Alcaldía Local de Usaquén

Tipo
Resolución
Número
85
Año
2007
Fecha
9 de octubre de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 85 DE 2007 (Octubre 9) "Por medio de la cual se modifica parcialmente la resolución 066/07". LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales y en especial, por las conferidas en el Decreto 1421 de 1993 Art. 86, num. 3 y 7 y los Decreto 335 del 27 de julio y 409 del 13 de septiembre de 2007.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario fijar en lugar visible de la sede de la alcaldía Local, un listado de mogadores y carteleras locales autorizadas para la colocación de carteles y afiches con publicidad política, de conformidad con los Decretos 335 del 27 de julio y 409 del 13 de septiembre de 2007, por medio del los cuales se regula: " forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas administradoras Locales a celebrarse durante el año 2007"

Que el Decreto 335 del 27 de julio de 2007, establece: **

Artículo primero.

Publicidad Política o Propaganda Electoral Autorizada (…) 1. (…) 2. "Un máximo de tres (3) carteles o afiches por candidato de partido o movimiento político por cartelera local o mogador, para lo cual cada Alcaldesa o Alcalde Local fijará en lugar visible de la sede de su alcaldía, un listado de mogadores y carteleras locales autorizadas para la colocación de carteles y afiches con publicidad política", Que el Decreto [409](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26556#0) del 13 de septiembre de 25007 (Sic), modifica los lugares prohibidos para la colocación de la publicad (Sic) política o propaganda electoral, razón por la cual se hace necesario modificar igualmente los lugares autorizados por este despacho mediante resolución 066/07. Por lo anteriormente expuesto se:

RESUELVE:

Artículo primero.

Modificase el artículo primero de la resolución 066 de 2007 y

Téngase como lugares para ser utilizados como mogadores para la colocación de carteles y afiches con publicidad política, los ubicados en las siguientes direcciones: 1. Calle 120 A No. 5-45 (Predio de la Alcaldía Local de Usaquén- Garaje) 2. Calle 162 Avenida 7. (Sobre la calle – Inmueble privado). 3. Cara. 6 A Calle 117 esquina. Conjunto residencial Santa Teresa. (Recuadro de 1.50 x 2.50 sobre la esquina de la calle 117. Inmueble privado) 4. El entretecho del 1 y 2 piso del edificio ubicado en el costado occidental de: Av. Cra. 7. calles 119 A y 120. (Bien Distrital fiscal). **

Artículo segundo.

Contra la presente resolución no procede recurso alguno de conformidad tonel (Sic) artículo 49 del Código Contencioso administrativo

Artículo tercero.

Fíjese la presente resolución en la

cartelera local, hasta el día 28 de Octubre de 2007**

Artículo cuarto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. ** Dada en Bogotá D.C. a los nueve (9) días del mes de Octubre de 2007 COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. MARTHA EUGENIA BOTERO TERREROS Alcaldesa Local de Usaquén

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