Resolución SDH-000034 de 2008
Resolución 34 de 2008 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- SDH-000034
- Año
- 2008
- Fecha
- 26 de febrero de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCIÓN SDH-000034 DE 2008 (Febrero 26) "Por la cual se establece el horario de trabajo de los servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y el de atención al Público de la Dirección Distrital de Impuestos". EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ, D.C., en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el numeral 18 del artículo 1° del Decreto 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 101 de 2004 los Secretarios de Despacho tienen la facultad de establecer el horario de trabajo para los servidores públicos vinculados a la entidad.
Que es necesario establecer el horario de trabajo de los servidores públicos vinculados a la Secretaría Distrital de Hacienda y el de atención al público, para la Dirección Distrital de Impuestos.
Que en desarrollo de los planes de gestión para la vigencia 2008, la Dirección Distrital de Impuestos debe adelantar actuaciones de cobro y determinación sobre poblaciones omisas, inexactas y morosas cercanas a los 700.000 contribuyentes.
Que las instalaciones con las que cuenta actualmente esta Dirección en el Edificio CAPRECOM deben ser restituidas al arrendador el 29 de febrero de 2008, en cumplimiento del vencimiento del contrato de arrendamiento suscrito.
Que en los pisos 11 y 12 del CAD están habilitados 317 puestos de trabajo.
Que la planta de personal total a ubicar en estos puestos asciende a 542 funcionarios.
Que no se cuenta con el espacio físico necesario para la ubicación de los citados funcionarios para garantizar de manera eficiente y oportuna el cumplimiento de las metas propuestas y que, como consecuencia en el horario habitual de trabajo tampoco es posible dar estas garantías.
Que debido a las circunstancias mencionadas debe establecerse el horario de trabajo en tres turnos para los funcionarios de planta y supernumerarios de la Dirección Distrital de Impuestos, mientras los funcionarios de dicha Dirección que laboran en la sede de CAPRECOM deban cumplir sus funciones en la sede del CAD.
Que de igual manera es necesario establecer el horario de atención al público, por parte de la Dirección Distrital de Impuestos. En mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
Artículo primero.
- **El horario de trabajo de los servidores públicos que prestan sus servicios en la Secretaría Distrital de Hacienda será de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m., con una (1) hora de almuerzo, a excepción de lo dispuesto en el artículo transitorio de la presente resolución.
Parágrafo. ÚNICO: **Es deber de los funcionarios con personal a cargo controlar el cumplimiento del horario establecido y organizar turnos a la hora de almuerzo con el fin de garantizar la prestación del servicio en jornada continua.
Artículo segundo.
- El personal de la Secretaría Distrital de Hacienda asignado para prestar sus servicios en los Centros de Atención Distrital Especializados- CADES y SUPERCADES, cumplirán los horarios establecidos por la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano. ARTÍCULO TRANSITORIO**: Los servidores públicos vinculados a la Dirección Distrital de Impuestos de esta Secretaría, laborarán en los siguientes turnos, hasta tanto la entidad adecue los espacios físicos para la ubicación de los funcionarios que laboran en la sede arrendada de CAPRECOM. Primer Turno: Lunes a viernes de 6:00 a.m. a 2:00 p.m.; un sábado cada quince (15) días de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Segundo Turno: Lunes a viernes de 2:00 p.m. a 10:00 p.m.; un sábado cada quince (15) días de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Tercer Turno: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m., con una hora de almuerzo.
Parágrafo. PRIMERO**: Ordenar a la Directora Distrital de Impuestos comunicar mediante memorando, con copia para las historias laborales, a los servidores de la Dirección Distrital de Impuestos el turno que les sea asignado.
Parágrafo. SEGUNDO: **Ordenar la publicación de la presente Resolución por la Intranet.
Artículo tercero.
- Establecer el horario de atención al público, por parte de la Dirección Distrital de Impuestos, de 7:00 a.m. a 7: 00 p.m de lunes a viernes.
Artículo cuarto.
- La presente resolución deroga la Resolución Nº DSH-[000271](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21536#0) del 25 de agosto de 2006 y rige a partir del 1° de marzo de 2008. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil ocho (2008). JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ Secretario Distrital de Hacienda NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3939 de febrero 29 de 2008.
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