Resolución 000005 de 2008
Resolución 5 de 2008 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
- Tipo
- Resolución
- Número
- 000005
- Año
- 2008
- Fecha
- 10 de enero de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCIÓN 000005 DE 2008 (Enero 10) "Por la cual se delega la participación del (a) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en las Comisiones Intersectoriales, de conformidad con el Decreto Distrital 546 de 2007" LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006, 5º del Decreto 552 de 2006, y 3º del Decreto Distrital 546 de 2007
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 32 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital y se expiden otras disposiciones" se estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como _"el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes._ El Sistema integra, en forma dinámica y efectiva, las políticas distritales con el funcionamiento de los organismos y las entidades entre sí y establece mecanismos de interrelación entre éstos y las formas organizadas de la sociedad".
Que en el artículo 33 del mencionado acuerdo se estipularon las instancias del Sistema de Coordinación del Distrito Capital, estableciendo entre ellas, en el literal e, las Comisiones Intersectoriales.
Que el artículo 38 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 indica que _"las Comisiones Intersectoriales son instancias de coordinación de la gestión distrital, creadas por el Alcalde o Alcaldesa Mayor, cuya atribución principal es orientar la ejecución de funciones y la prestación de servicios que comprometan organismos o entidades que pertenezcan a diferentes Sectores Administrativos de Coordinación. Estas comisiones podrán tener carácter permanente o temporal"._ Que el Alcalde Mayor de Bogotá, mediante el Decreto Distrital No. [546](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#0) de 2007 reglamentó las Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital como "instancias del Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital que tienen por objeto garantizar la coordinación para la implementación de las políticas y estrategias distritales de carácter intersectorial".
Que de conformidad con el artículo 3º del mencionado Decreto, _"las Comisiones Intersectoriales estarán integradas por los Secretarios y por los Jefes de las entidades que ejercen funciones complementarias o subsidiarias de las funciones de los organismos o entidades de otros sectores, que tengan relación directa con el objeto y asuntos propios de la respectiva Comisión Intersectorial"._ Que de acuerdo con los artículos 11, 13, 15, 18, 20, 22, 24, 26, 28, y 37 del Decreto Distrital [546](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#0) de 2007 el (la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico fue designado (a) como integrante de las siguientes Comisiones Intersectoriales: Comisión Intersectorial de la Participación en el Distrito Capital; Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital; Comisión Intersectorial Poblacional del Distrito Capital; Comisión Intersectorial de Estudios Económicos y de Información y Estadísticas del Distrito Capital; Comisión Intersectorial para la Generación de Empleo e Ingresos y Oportunidades Económicas en el Distrito Capital; Comisión Intersectorial para la Integración Regional y la Competitividad del Distrito Capital; Comisión Intersectorial para la Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital; Comisión Intersectorial para la Sostenibilidad, la Protección Ambiental y el Ecourbanismo del Distrito Capital; Comisión Intersectorial de Operaciones Estratégicas y Macroproyectos del Distrito Capital, y Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital.
Que el parágrafo del artículo 3º del Decreto Distrital [546](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#0) de 2007 establece que _"los miembros integrantes de las Comisiones Intersectoriales podrán delegar su participación únicamente en servidores (as) públicos (as) del nivel directivo que tengan bajo su responsabilidad el desarrollo de la política respectiva"._ Que atendiendo lo indicado anteriormente, es viable jurídicamente y conveniente para la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, delegar en funcionarios del nivel directivo de la entidad, la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en las Comisiones Intersectoriales, de las cuales es miembro integrante, de conformidad con el Decreto Distrital 546 de 2007, salvo en la Comisión Intersectorial para la Generación de Empleo e Ingresos y Oportunidades Económicas en el Distrito Capital, en la cual actuará el (a) Secretario (a) de Despacho directamente.
Que en mérito de lo expuesto,**
RESUELVE:
Artículo 1º. Delegar en el (la) Director (a) de Formación y Desarrollo Empresarial la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial de la Participación en el Distrito Capital. Artículo 2º. [Modificado por el art. 1, Resolución S.D.E. 192 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37399#1). Delegar en el (la) Subsecretario (a) de Desarrollo Económico y Control Disciplinario la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital. Artículo 3º. Delegar en el (la) Director (a) de Formación y Desarrollo Empresarial la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial Poblacional del Distrito Capital. Artículo 4º. Delegar en el (la) Director (a) de Estudios Socioeconómicos y Regulatorios la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial de Estudios Económicos y de Información y Estadísticas del Distrito Capital. Artículo 5º. Delegar en el (la) Director (a) de Competitividad de Bogotá Región la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial para la Integración Regional y la Competitividad del Distrito Capital. Artículo 6º. Delegar en el (la) Director (a) de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial para la Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital. Artículo 7º. Delegar en el (la) Subdirector (a) de Desarrollo Socioeconómico de la Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial para la Sostenibilidad, la Protección Ambiental y el Ecourbanismo del Distrito Capital. Artículo 8º. Delegar en el (la) Director (a) de Competitividad de Bogotá Región la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial de Operaciones Estratégicas y Macroproyectos del Distrito Capital. Artículo 9º. [Modificado por el art. 2, Resolución S.D.E. 192 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37399#2). Delegar en el (la) Subsecretario (a) de Desarrollo Económico y Control Disciplinario la participación del (de la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico en la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital. Artículo 10º. Remitir copia del presente acto administrativo a la Subsecretaría de Despacho, a la Dirección de Formación y Desarrollo Empresarial, a la Dirección de Economía Rural y Abastecimiento Alimentario, a la Dirección de Competitividad Bogotá Región, a la Dirección de Estudios Socioeconómicos y Regulatorios y a la Subdirección de Desarrollo Socioeconómico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Artículo 3º. (Sic) Este Acto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de enero de 2008 MARTHA MADRID MALO DE ANDREIS Secretaria de Despacho (E) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3910 de enero 11 de 2008
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