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Resolución 0622 de 2008

Resolución 622 de 2008 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Tipo
Resolución
Número
0622
Año
2008
Fecha
23 de julio de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 0622 DE 2008 (Julio 23) Por la cual se realiza una delegación EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP, en ejercicio de sus facultades legales, y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 expedido por la Junta Directiva de esta Empresa, y

CONSIDERANDO:

Que el principio de delegación es de rango constitucional y está consagrado en el artículo 209 de la Carta, en los siguientes términos: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones".

Que según lo dispuesto en el artículo 9º de la ley 489 de 1998: "Las autoridades administrativas, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores que tengan asignadas funciones afines o complementarias, en tanto de conformidad con lo preceptuado en el articulo 10º de la misma ley en el acto de delegación se determinara la autoridad delegataria y las unciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren".

Que el literal k) del articulo 15 de los Estatutos de la EAAB-ESP, establece que el Gerente General puede delegar, con sujeción a las normas sobre la materia, las funciones de su competencia, manteniendo la vigilancia sobre los actos de los delegatarios y pudiendo reasumir en cualquier momento la función delegada.

RESUELVE:

Artículo primero.

-** Delegar en la Gerencia Corporativa de Gestión Humana la Representación Legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –ESP- en todos los asuntos relacionados con la Junta Directiva de METROVIVIENDA, con voz y voto.

Artículo segundo.

Cuando el Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP intervenga en alguna actuación relacionada con la Junta Directiva de METROVIVIENDA, se entiende que reasume la función que delega en virtud de la presente Resolución única y exclusivamente para efectos de la específica actuación a la que asista o en la que intervenga, de modo que en lo demás la representación legal de la Empresa continuará en el funcionario delegado en virtud del artículo primero de este acto.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas que le sean contrarias. **Expedida en Bogotá, D.C. a los veintitrés (23) días del mes de julio de dos mil ocho (2008). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JORGE ENRIQUE PIZANO CALLEJAS Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4026 de Julio 28 de 2008.

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