Resolución 767 de 2008
Resolución 767 de 2008 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 767
- Año
- 2008
- Fecha
- 27 de marzo de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 767 DE 2008 (Marzo 27) [Modificada por la Resolución del I.DU -D.G. 1161 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36196#0) "Por la cual se modifica parcialmente la resolución No. 1247 de 2006, por medio de la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto de Desarrollo Urbano" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005, los numerales I y II del artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, el artículo 6 de la Resolución de Junta Directiva 014 de septiembre de 2005 y el artículo 9º del Decreto 2539 de 2005 y,
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de la ley 909 de 2004, y el decreto 785 y 2539 de 2005, el Instituto de Desarrollo Urbano procedió a ajustar el Manual de Funciones de todos los empleos de su planta de personal, de acuerdo a los criterios impartidos en cuanto a las competencias laborales y los requisitos exigidos para el ejercicio de los empleos, contenidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales que fué adoptado en su versión vigente mediante la Resolución 1247 del 9 de marzo de 2006.
Que los Manuales de Funciones se constituyen en herramientas para definir las competencias requeridas por todos y cada uno de los empleos.
Que el Acuerdo 19 de 1972, por medio del cual se creó y reglamentó el funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano, establece que corresponde a la Junta Directiva disponer la organización administrativa del Instituto y dentro de ella, crear, suprimir, modificar dependencias y cargos y señalar las funciones respectivas.
Que mediante la Resolución 014 del 14 de septiembre de 2005, la Junta Directiva delegó en el Director General del Instituto la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 785 de 2005.
Que dentro de la planta de personal del Instituto existe el cargo de Profesional Especializado código 222 grado 04 (Analista de Información de Gestión) distribuido en la Dirección Técnica de Malla Vial, cuyo propósito principal es efectuar el seguimiento del manejo presupuestal de la Dirección Técnica, garantizando el adecuado funcionamiento a nivel administrativo y financiero.
Que dentro de la planta de personal del Instituto existe el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 01 (Analista de Información de Gestión) distribuido en la Dirección Técnica de Malla Vial, cuyo propósito principal es realizar la actualización de la base de datos, levantamiento de indicadores de gestión, seguimiento del plan de contratación del área y elaboración y/o revisión de resoluciones de pasivos exigibles con el fin de lograr los objetivos establecidos por el área.
Que el literal b) del numeral 2 del artículo 19 de la Ley 909 de 2004, establece que el diseño de cada empleo, además de la descripción del contenido funcional que permita identificar con claridad las responsabilidades exigibles a quien sea su titular consagrado en el literal a) del citado numeral, debe contener "el perfil de competencias que se requiera para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y experiencia, así como también las demás condiciones para el acceso al servicio. En todo caso, los elementos del perfil han de ser coherentes, con las exigencias funcionales del contenido del empleo".
Que mediante memorando DTM-4000-36646 de agosto 15 de 2007, el Director Técnico de Malla Vial solicitó a la Subdirección Técnica de Desarrollo de la Organización el estudio técnico de las profesiones idóneas para el ejercicio de los cargos de Profesional Especializado código 222 grado 04 (Analista de Información de Gestión) y Profesional Universitario código 219 grado 01 (Analista de Información de Gestión) distribuidos en la Dirección Técnica de Malla Vial.
Que una vez analizado el Manual de Funciones y Competencias Laborales, con respecto a los cargos de Profesional Especializado código 222 grado 04 (Analista de Información de Gestión) y Profesional Universitario código 219 grado 01 (Analista de Información de Gestión) distribuidos en la Dirección Técnica de Malla Vial, mediante memorando STDO-1400-37611 de agosto 22 del 2007, el Subdirector Técnico de Desarrollo de la Organización evidenció la necesidad de realizar ajustes a los requisitos de estudios, con el fin de incluir profesiones que tienen relación directa con el propósito principal de tales empleos como Administración de Empresas, Economía y Finanzas, Finanzas y Comercio Internacional, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública, Administración Pública y Mercadeo, para lo cual remitió estudio concluyente sobre las profesiones idóneas.
Que mediante memorando DTM-4000-53293 de noviembre 15 del 2007, el Director Técnico de Malla Vial considera conveniente la inclusión de las profesiones resultantes del estudio realizado por la Subdirección Técnica de Desarrollo de la Organización.
Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios, de acuerdo con los requerimientos de la entidad.
Que en mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
Artículo primero.
Modificar el folio 601 del Manual de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante la Resolución No. 1247 de marzo 9 de 2006, en cuanto a los requisitos de estudios exigidos para el cargo de Profesional Especializado código 222 grado 04 (Analista de Información de Gestión) distribuido en la Dirección Técnica de Malla Vial, el cual quedará así:
Artículo segundo.
Modificar el folio 603 del Manual de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante la Resolución No. 1247 de marzo 9 de 2006, en cuanto a los requisitos de estudios exigidos para el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 01 (Analista de Información de Gestión) distribuido en la Dirección Técnica de Malla Vial, el cual quedará así:
Artículo tercero.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente, la Resolución No.1247 de 2006.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008). LILIANA PARDO GAONA Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3963 de abril 14 de 2008.
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