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Decreto Local 004 de 2008

Decreto Local 004 de 2008 Alcaldía Local de Teusaquillo

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2008
Fecha
13 de febrero de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO LOCAL 004 DE 2008 (Febrero 13) _Por medio del cual se conforma e instala el Consejo de Planeación Local de Teusaquillo_ LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO. En cumplimiento de sus funciones y atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por los numerales 1 y 13 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1.993, y el artículo 7 del Acuerdo 13 de julio de 2.000

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia establece dentro de los fines del Estado el de Facilitar la participación ciudadana.

Que el numeral 2 del articulo40 de la constitución política de Colombia establece el derecho del ciudadano a participar en las elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de expresión democrática.

Que el artículo 19 de la Constitución política proporciona a los ciudadanos los instrumentos y mecanismos para el ejercicio de la participación ciudadana.

Que la Ley 152 de 1994 – Planeación Orgánica- establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo; la misma Ley considera fundamental lograr una buena formulación del plan y que éste sea realmente participativo, que integre las aspiraciones y propósitos colectivos Que el Decreto Ley 1421 en su artículo 6 promueve la organización de los Habitantes y comunidades.

Que el Acuerdo [13](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3784#0) de 2000, REGLAMENTÓ LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA ELABORACIÓN APROBACIÓN, EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL PARA LAS DIFERENTES LOCALIDADES QUE CONFORMAN EL DISTRITO CAPITAL.

Que el citado Acuerdo determinó que los Consejos de Planeación Local tienen naturaleza de ente consultivo y son instancia de Planeación en la localidad, estableciendo los sectores que deben tener asiento en el mismo.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por la citada norma La Alcaldía Local adelantó el proceso de convocatoria pública, acreditación e inscripción de las diferentes Organizaciones que integran el consejo de planeacion local.

Que dicho proceso culminó el día nueve de Febrero de 2008 en las instalaciones de la casa de apoyo de la participación donde se llevaron a cabo las diferentes elecciones, cuyos resultados se encuentran en las respectivas actas.

Que habiéndose cumplido con lo previsto en el artículo [6](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3784#6) del acuerdo 13 de 2.000 donde se establecen los términos para realizar la convocatoria a la ciudadanía para la conformación del Consejo Local de Planeación, quedó conformado así: En mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo primero.

-** Conformar con los representantes relacionados en los considerándos del presente Decreto, el Consejo de Planeación Local de Teusaquillo, para el periodo 2008-2011.

Artículo segundo.

-** Dar posesión a los integrantes del conformado Consejo de Planeación Local de Teusaquillo e instalarlo.

Parágrafo. Continuaran siendo funciones y atribuciones del Consejo Local de Planeación, las estipuladas en el artículo 10 del Acuerdo 13 de 2000.

Artículo tercero.

- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D. C. a los veinte (13) días del mes de febrero de 2008 SANDRA JARAMILLO GONZALEZ Alcaldesa Local Teusaquillo NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3929 de febrero 15 de 2008.

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