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Resolución SDH-000005 de 2009

Resolución 5 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
SDH-000005
Año
2009
Fecha
19 de enero de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCION SDH-000005 DE 2009 (Enero 19) "Por la cual se establecen plazos especiales para la presentación y pago de los impuestos de industria y comercio y/o de las retenciones sobre este impuesto para las personas naturales y jurídicas que son objeto de intervención derivada del Estado de Emergencia Social y para los proveedores de bienes y servicios de tales empresas" EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA. En uso de las facultades que le confieren los artículos 16 y 130 del Decreto Distrital 807 de 1993 y los parágrafos 3º de los artículos 1 y 8 del Acuerdo No. 26 del 29 de diciembre de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional ante la situación social generada por la actividad de los capta-dores o recaudadores de dineros del público en operaciones no autorizadas, mediante Decretos [4333](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33744#0) y [4704](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34204#0) de 2008 declaró el Estado de Emergencia Social en todo el territorio nacional.

Que al amparo del Estado de Emergencia Social, se adoptaron medidas de excepción tendientes a resolver la crisis generada, dentro de las cuales se cuenta la intervención del Gobierno Nacional, por conducto de la Superintendencia de Sociedades, de oficio o a solicitud de la Superintendencia Financiera, en los negocios, operaciones y patrimonio de las personas naturales o jurídicas que desarrollan o participan en la actividad financiera sin la debida autorización estatal, conforme a la ley, conforme se desprende del Decreto 4334 de 2008 y demás disposiciones complementarias.

Que el proceso de intervención genera por parte del Agente Interventor designado por la Superintendencia de Sociedades, la necesidad de ubicar y organizar la información contable que le permita cumplir con el proceso de intervención, información que adicionalmente se constituye en el soporte para la elaboración y presentación de las declaraciones tributarias a que haya lugar.

Que mediante Resolución SHD-000328 de 17 de diciembre de 2007 se establecieron los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos para la vigencia fiscal 2008 y mediante Resolución [SHD-000386](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34487#0) de 30 de diciembre de 2008 se establecieron los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos para la vigencia fiscal 2009.**

RESUELVE:

Artículo primero.

Las personas naturales y jurídicas que a la fecha de la presente Resolución hayan sido objeto de proceso de intervención como consecuencia de la emergencia social decretada por el Gobierno Nacional, tendrán como plazo máximo para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio y/o la retención sobre este tributo correspondiente al sexto bimestre del año gravable 2008 y primer bimestre del año gravable 2009, las siguientes fechas: | ** BIMESTRE ---

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