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ACUERDO 6 de 2015

Por el cual se adiciona el reglamento para resolver las consultas que recibe el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Tipo
ACUERDO
Número
6
Año
2015
Entidad
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública atenderá en general, las peticiones respetuosas que toda persona tiene derecho a presentar, de acuerdo con la ley 1755 de 2015. "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo".

Que el inciso segundo del artículo 2º del Decreto 3567 de 2011, establece que las decisiones del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) se adoptarán mediante acuerdos, los cuales serán numerados consecutivamente.

Que mediante acta 24 del 23 de junio de 2015, se decidió por unanimidad por parte de los Consejeros del CTCP, adicionar el reglamento de consultas.

RESUELVE:

Artículo 1.

Adiciónese al numeral 9 del artículo 4 del acuerdo 2 de junio 18 de 2013, e! siguiente párrafo, el cual quedará así:

9. No se requiere el término de 96 horas para que los Consejeros hagan os comentarios a una consulta cuando el tema o temas objeto de esta, hayan sido resueltos en una consulta anterior o cuando se trate de un traslado por falta de competencia.

Artículo 2.

Vigencia: El presente acuerdo rige a partir de su aprobación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá D.C, a los (24) días del mes de marzo de 2015.

WILMAR FRANCO FRANCO Presidente.

DANIEL SARMIENTO PAVAS Consejero.

GABRIEL SUAREZ CORTES Consejero.

GUSTAVO SERRANO AMAYA Consejero.

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