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Resolución 004020 de 2009

Resolución 4020 de 2009 Ministerio de Transporte

Tipo
Resolución
Número
004020
Año
2009
Fecha
28 de agosto de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCION 004020 DE 2009 (agosto 28) por la cual se adopta una medida de tránsito. EL MINISTRO DE TRANSPORTE, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la 769 de 2002, y el Decreto 2053 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2° del artículo 2° de la Constitución Política de Colombia señala que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades;

Que las fuerzas militares tienen como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional;

Que de conformidad con el artículo 3° de la Ley 769 de 2002, son consideradas autoridades de tránsito entre otras, las fuerzas militares para ejecutar labor de regulación de tránsito, en aquellos sitios donde no hay autoridad;

Que mediante oficio No.OFI09-64440-MDMGS-92 del 11 de agosto de 2009, radicado en este Ministerio bajo el número 20093210519702, el Jefe de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional solicita autorización a los escoltas que operan las motocicletas de la caravana que presta el servicio de seguridad del señor Ministro de Defensa Nacional, para bloquear algunas vías del Distrito Capital donde se presenta represamiento del tráfico para facilitar la movilidad del vehículo que lo transporta;

Que se motiva la solicitud anterior, en los antecedentes presentados e informes de los organismos de inteligencia militar y policial, a través de los cuales pretenden las organizaciones terroristas realizar atentados contra el señor Ministro de Defensa, debido a los golpes que se han realizado por la fuerza pública en desarrollo de la política de seguridad democrática;

Que se hace necesario adoptar medidas de excepción para garantizar la vida e integridad del señor Ministro de Defensa Nacional, de conformidad con las disposiciones del Código Nacional de Tránsito, Ley 769 de 2002,

RESUELVE:

Artículo 1°. Autorizar a los escoltas que operan las motocicletas de la caravana que presta el servicio de seguridad del señor Ministro de Defensa Nacional, para bloquear algunas vías del Distrito Capital donde se presenta represamiento del tráfico, para facilitar la movilidad del vehículo que lo transporta. Artículo 2°. Los escoltas de la caravana de seguridad de que trata el artículo anterior, en todo caso deberán pertenecer a las fuerzas militares o a la Policía Nacional, quienes deberán observar las disposiciones de la Ley 769 de 2002, para efectos de regular el tránsito en las vías del Distrito Capital. Artículo 3°.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 28 de agosto de 2009. El Ministro de Transporte, _Andrés Uriel Gallego Henao. _(C.F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.458 de agosto 31 de 2009.

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