Jurismart

Resolución 004075 de 2009

Resolución 4075 de 2009 Ministerio de la Protección Social

Tipo
Resolución
Número
004075
Año
2009
Fecha
28 de octubre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCION 004075 DE 2009 (Octubre 28) Por la cual se modifica la Resolución 3667 de 2009 EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 10 del artículo 2° del Decreto-ley 205 de 2003 y en desarrollo de lo señalado en el artículo 4° del Decreto 1465 de 2005 modificado por el artículo 3° del Decreto 1931 de 2006,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modifíquese el literal b) del numeral 1 del artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37504#1) de la Resolución 3667 de 2009, el cual quedará así: "b). Estimación del tiempo en el que dejará de funcionar como Operador de Información, que será de cuatro (4) meses contados desde la fecha de radicación de la solicitud y debe corresponder a los definidos en los cronogramas o manuales de procedimiento. El Operador de Información podrá disminuir este tiempo, para lo cual acreditará ante el Ministerio de la Protección Social el pleno cumplimiento de los elementos y aspectos regulados en la presente resolución". Artículo 2°. Modifíquese el numeral 2 del artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37504#1) de la Resolución 3667 de 2009, el cual quedará así: "2. Presentar al momento de la radicación de la solicitud de la que trata el numeral 1 de este artículo, el acta del órgano de dirección del Operador de Información, donde se aprueba la decisión de retirarse del mercado, ejercerla bajo otra denominación o cederla a otras personas o entidades". Artículo 3°. Modifíquese el numeral 2 del artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37504#3) de la Resolución 3667 de 2009, el cual quedará así: "2. Paz y Salvo de cada uno de los demás operadores de información en el cual conste que se encuentra al día en los procesos de intercambio de información. El presente Paz y Salvo podrá ser sustituto por compromisos formal de los operadores tanto el que se retira como el que ingresa de que este último asumirá todas las obligaciones derivadas de la operación del Operador que se retira, con constancia de recibido de los demás operadores de información". Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución 3667 de 2009. Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 2009. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt (C.F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.522 de noviembre 3 de 2009.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar