Jurismart

Resolución 124 de 2009

Resolución 124 de 2009 Empresa de Renovación Urbana - ERU

Tipo
Resolución
Número
124
Año
2009
Fecha
23 de diciembre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 124 DE 2009 (Diciembre 23) Por la cual se adopta el Manual de Calidad de la Empresa de Renovación Urbana EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Acuerdo 01 de 2004; en el artículo 2º, numerales 2, 3, 16, y 18 del Acuerdo 03 de 2004; en el artículo 2º numerales 5, 7 y 8 del Acuerdo 06 de 2008 y,

CONSIDERANDO:

1.

Que la Constitución Política de 1991 en sus artículos 209 y 269, preceptuó la obligación para las Autoridades Administrativas de coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, contando en todos sus ordenes con un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley, diseñando y aplicando según su naturaleza métodos y procedimientos de control interno. 2. De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos. 3.

Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad. 4.

Que la Ley 872 de 2003 Estableció para las Entidades del Estado Colombiano la obligación de crear un Sistema de Gestión de la Calidad como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las Entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los Planes Estratégicos y de Desarrollo de tales Entidades. El Sistema de Gestión de la Calidad adoptará en cada Entidad un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de ella y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente. 5.

Que el artículo 1 y 4 del Decreto 1599 de 2005, establece la obligación para las Entidades Públicas de todos los órdenes de Implementar el Modelo Estándar de Control Interno. 6.

Que el requisito 4.2.2 de la Norma Técnica NTCGP: 1000 "Gestión de la Calidad en el sector público", establece que la organización debe establecer y mantener un Manual de Calidad que incluya: * El alcance del Sistema de Gestión de Calidad, con los detalles y justificación de cualquier exclusión. * Los procedimientos y documentos establecidos para el Sistema de Gestión de la Calidad, o referencia a los mismos. * Descripción de la interacción entre procesos del Sistema de Gestión de la Calidad. 7.

Que la Empresa de Renovación Urbana ERU lleva a cabo su gestión bajo un Sistema que integra los parámetros y requisitos establecidos por la ley 489 de 1998, la ley 872 de 2003 y su NTCGP 1000: 2004 y el decreto 1599 de 2005 que adoptó el MECI 1000:2005 entre otros. 8.

Que atendiendo las mencionadas disposiciones se hace necesario adoptar para la Empresa de Renovación Urbana un Manual de Calidad que contenga la totalidad de los documentos diseñados y construidos en virtud de la implementación del Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

Adoptar el Manual de Calidad de la Empresa de Renovación Urbana el cual para todos los efectos legales forma parte integral de la presente Resolución.

Artículo segundo.

Delegar en la oficina Asesora de Planeación la actualización del Manual de Calidad adoptado. ARTíCULO TERCERO: Es responsabilidad de los Responsables de cada Proceso, velar por la administración, divulgación y mejoramiento del Manual de Calidad.

Artículo cuarto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los veintitrés (23) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009). NÉSTOR EUGENIO RAMÍREZ CARDONA Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4356 de enero 12 de 2010

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar