Jurismart

Resolución DDI-476436 de 2009

Resolución 476436 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá

Tipo
Resolución
Número
DDI-476436
Año
2009
Fecha
29 de diciembre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN DDI-476436 DE 2009 (Diciembre 29) "Por medio de la cual se adoptan los formularios únicos oficiales diligenciables por parte del contribuyente, para la declaración y pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, D.C., para la vigencia gravable 2010". LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993,

CONSIDERANDO:

Que para efectos de la presentación y pago ante las entidades financieras autorizadas y Dirección Distrital de Tesorería en el evento de recaudarse ante esa entidad, las declaraciones del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, retención del impuesto de delineación urbana, impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, retención y/o anticipo del impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, de publicidad exterior visual, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, se deben adoptar los formularios únicos para declaración y pago de estos impuestos, que permitan el cumplimiento de la obligación formal de declarar por parte de los contribuyentes de dichos gravámenes.

Que los formularios que se adoptan en la presente resolución, serán de carácter obligatorio para los contribuyentes responsables del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, del impuesto de delineación urbana, retención del impuesto de delineación urbana, unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, retención y/o anticipo del impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, de publicidad exterior visual, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, durante el año 2010, los cuales serán utilizados para los períodos gravables de 2010 y anteriores. En mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

Artículo primero.

Adóptense los formularios únicos para la declaración y pago de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, delineación urbana, retenciones del impuesto de delineación urbana, impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, retención y/o anticipo del impuesto unificado de fondo de pobres, azar y espectáculos, predial unificado, sobre vehículos automotores, publicidad exterior visual, estampilla Francisco José de Caldas "50 años", estampilla pro cultura y estampilla pro personas mayores, anexos a la presente resolución y que hacen parte integral de la misma.

Artículo segundo.

Distribución. La distribución de los formularios adoptados por la presente resolución, se hará a través de la comercialización que realice la UNIÓN TEMPORAL GESTIÓN PRODUCTIVA,** contratada en los términos previstos en el correspondiente contrato.

Artículo tercero.

Precio de venta. El precio de venta al público para los formularios del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, retenciones del impuesto de industria y comercio, predial unificado y del impuesto sobre vehículos automotores, en ningún caso podrá ser superior a DOS MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS ($2.720.00) M./CTE.,** incluido el impuesto sobre las ventas.

Artículo cuarto.

Formularios que no tienen costo.** Los demás formularios diferentes a los enunciados en el artículo tercero, serán de distribución gratuita por parte de la Dirección Distrital de Impuestos, y además dispuestos en la página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda, www.shd.gov.co.

Artículo quinto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009). GLORIA NANCY JARA BELTRÁN Directora Distrital de Impuestos NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4350 de diciembre 31 de 2009.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar