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Ley 1327 de 2009

Ley 1327 de 2009 Congreso de la República de Colombia

Tipo
Ley
Número
1327
Año
2009
Fecha
15 de julio de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

LEY 1327 DE 2009 (Julio 15) [Declarada Inexequible por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-397 de 2010.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120677) _Por medio del cual se convoca a un referendo constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de reforma constitucional_

DECRETA:

ARTÍCULO 1- CONVOCATORIA - Convócase al pueblo colombiano para que en desarrollo de lo previsto en los artículos 374 y 378 de la Constitución Política, mediante Referendo Constitucional decida si aprueba el siguiente Proyecto de Acto Legislativo El pueblo de Colombia Decreta: El artículo [34](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#34) de la Constitución Política tendrá un tercer inciso que quedará así: _"En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, lesiones personales agravadas y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad fisica y/o mental, se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley.____PARÁGRAFO. El Estado, a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, formulará y aplicará una política de prevención tendiente a evitar la comisión de delitos contra menores de edad._ _Aprueba Usted el anterior inciso:_ _Sí ( )_ _No ( )_ _Voto en blanco ( )"_

ARTÍCULO 2 \- La presente Ley regirá a partir de la fecha de su promulgación. El Presidente del honorable Senado de la República,_ Hernán Andrade Serrano._ El Secretario General del honorable Senado de la República,_ Emilio Ramón Otero Dajud._ El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,_ Germán Varón Cotrino._ El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,_ Jesús Alfonso Rodríguez Camargo._ REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2009. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia,_ Fabio Valencia Cossio._**

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