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Decreto Local 004 de 2009

Decreto Local 4 de 2009 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2009
Fecha
28 de mayo de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 004 DE 2009 (Mayo 28) "Por el cual se reglamenta el Acuerdo Local No 004 de 2001". LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN, en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en su artículo segundo, establece que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Que el artículo 70 de la Carta Superior, en su párrafo segundo, expresa que la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación. Subrayado fuera de texto.

Que según el artículo 4 de la ley 397 de 1997, ley general de cultura, el patrimonio cultural de la nación "está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular".

Que de conformidad con la Ley 397-1997 Artículo 18º.-El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto, podrá establecer entre otros programas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo en cada una de las siguientes expresiones culturales: Artes plásticas, Artes musicales, Artes escénicas, Expresiones culturales tradicionales, tales como el folclor, las artesanías, la narrativa popular y la memoria cultural de las diversas regiones y comunidades del país, Artes audiovisuales, Artes literarias; Museos Museología y Museografía, Historia, Antropología, Filosofía, Arqueología, Patrimonio, Dramaturgia, Crítica, y otras que surjan de la evolución sociocultural. Subrayado fuera de texto Que el patrimonio cultural de Fontibón, está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la identidad de todas y todos los fontibonenses, tales como nuestra arquitectura, tradiciones festivas, costumbres sociales y comunitarias, hábitos gastronómicos, y en general todo ese conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen para un especial interés histórico, artístico, ético, jurídico, religioso o científico. Fuente: Fontibón Patrimonio Cultural vivo, Ayer hoy y siempre Por lo tanto, estos SIMBOLOS LOCALES: BANDERA, HIMNO Y ESCUDO, pueden ser considerados bienes del patrimonio cultural de la localidad. La localidad de Fontibón con 297.000 habitantes (Fuente diagnóstico Censo DANE 2005-Fontibón Participa IDPAC octubre de 2007), no cuenta con un ESCUDO ni HIMNO locales que fortalezcan el sentido de pertenencia, ni reflejen valores culturales, históricos, ambientales, etc. De la Localidad.

Que la junta administradora local de Fontibón, mediante Acuerdo Local No 004 de 2001, "Institucionaliza la bandera de la localidad de Fontibón y, dispone una convocatoria para crear las insignias "Escudo e Himno oficiales de Fontibón"

Que el artículo tercero del Acuerdo Ibídem, facultó al Alcalde Local para convocar mediante decreto el concurso público con el objeto de recibir propuestas para la selección de la letra y música del himno, al igual que para el diseño del escudo de la Localidad novena de Fontibón. El Objetivo del proyecto se enmarca dentro del Plan de Desarrollo Local 2009-2012 Fontibón Positiva y Productiva para vivir mejor, OBJETIVO: Ciudad de Derechos, PROGRAMA: Bogotá Viva, PROYECTO 587: Organización, programación y fortalecimiento de las actividades del sistema local de cultura de Fontibón.

Que con la finalidad de promover los sentimientos de unidad y pertenencia al interior de los habitantes de la localidad de Fontibón, realzar el patrimonio inmaterial latente, el cual se encuentra en mora de identificar y adoptar, la Alcaldía Local de Fontibón, expide el presente decreto, con la finalidad de soportar el proceso de convocatoria, selección y adopción de los símbolos locales de Fontibón HIMNO Y ESCUDO.

Que dentro de la formulación del proyecto se establera la forma como se desarrollara el proyecto, su cronograma de actividades y las reglas del concurso, siempre abierto y público.

Que una vez agotadas las etapas del concurso la Junta Administradora Local de Fontibón adoptara mediante acuerdo Local los SIMBOLOS LOCALES: HIMNO Y ESCUDO Basten las anteriores consideración para que la Alcaldesa Local de Fontibón **DECRETE:

Artículo primero.

CONVOCAR mediante el desarrollo del proyecto de inversión No 587 -2009, a las personas interesadas en participar en el concurso público por medio del cual se seleccionaran y adoptaran los símbolos: HIMNO Y ESCUDO, para la Localidad de Fontibón.

Artículo segundo.

INCLUIR dentro de la formulación del proyecto, la forma como se desarrollara el concurso, su cronograma de actividades y las reglas del mismo, que será siempre abierto y público. **El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE BETTY MARÍA AFANADOR GARCÍ Alcaldesa Local de Fontibón NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009.

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