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Decreto Local 21 de 2009

Decreto Local 21 de 2009 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
21
Año
2009
Fecha
17 de diciembre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 21 DE 2009 (Diciembre 17) Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de Enero 1 a Diciembre 31 de 2010 LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 21 del Decreto 1139 del 29 de Diciembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

1.

Que la Alcaldesa Local de Antonio Nariño presentó oportunamente el proyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2010 a la Junta Administradora Local. 2.

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, literal (f) del Decreto 714 de 1996, el Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal del año 2010, presentado por la Alcaldesa Local, cuenta con el concepto favorable del Consejo de Política Económica y Fiscal CONFIS según reunión No. 13 del 25 de Noviembre de 2009. 3.

Que de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la localidad Antonio Nariño 2009 – 2012 y con el Plan de Inversión correspondiente, se han distribuido las partidas en el plan de cuentas del presupuesto de acuerdo al PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO, SOCIAL Y DE OBRAS "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor Antonio Nariño: En competitividad, Complementariedad y Oportunidad Para Todas (os) 2009 – 2012" 4.

Que la Secretaría de Hacienda Distrital, mediante comunicación No.2009EE680118 del 6 de Octubre de 2009, certificó para la vigencia fiscal 2010, que la cuota global de Transferencia para el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, es por la suma de $10.038.655.000 5.

Que con Acuerdo Local No. 09 del 15 de Diciembre de 2009 la Junta Administradora Local de Antonio Nariño aprobó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2010. 6.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Liquidar el presupuesto anual de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010, en la cantidad de $21.859.253.000 VENTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS MIL M/CTE de acuerdo al siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE | 2009 ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 11.739.609.000 2 | INGRESOS | 10.119.644.000 2 1 | INGRESOS CORRIENTES | 74.918.000 2 1 2 | NO TRIBUTARIOS | 74.918.000 2 1 2 03 | Multas | 67.811.000 2 1 2 04 | Rentas Contractuales | 0 2 1 2 04 02 | Arrendamientos | 0 2 1 2 99 | Otros Ingresos No Tributarios | 7.107.000 2 2 | TRANSFERENCIAS | 10.038.655.000 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 10.038.655.000 2 2 4 05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 10.038.655.000 2 2 4 05 01 | Vigencia | 10.038.655.000 2 2 4 05 02 | Vigencia Anterior | 0 2 4 | RECURSOS DE CAPITAL | 6.071.000 2 4 1 | Recursos del Balance | 6.071.000 2 4 1 03 | Venta de Activos Fijos | 0 2 4 3 | Rendimientos por operaciones financieras | 0 2 4 3 02 | Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación | 0 2 4 5 | Excedentes Financieros | 0 2 4 9 Otros recursos de capital | 6.071.000 | | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 21.859.253.000 **

Artículo segundo.

Liquidar el presupuesto anual de Gastos e Inversiones de la localidad Antonio Nariño, durante la vigencia fiscal del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010, en la cantidad de $21.859.253.000 VENTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE. de acuerdo al siguiente detalle 3 | GASTOS | 21.859.253.000 ---|---|--- 3 3 | INVERSIÓN | 10.119.644.000 3 3 1 | DIRECTA | 10.119.644.000 3 3 1 13 | Bogotá positiva: para vivir mejor | 10.119.644.000 3 3 1 13 01 | CIUDAD DE DERECHOS | 4.516.490.000 3 3 1 13 01 01 | Bogotá sana | 180.000.000 3 3 1 13 01 01 11 | Apoyo a programas de promoción y prevención en salud a los habitantes de la localidad | 180.000.000 3 3 1 13 01 03 | Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud | 123.500.000 3 3 1 13 01 03 13 | Apoyo a programas de promoción y prevención en el consumo de sustancias psicoativas en la localidad SPA | 123.500.000 3 3 1 13 01 04 | Bogotá bien alimentada | 890.000.000 3 3 1 13 01 04 14 | Apoyo a programas de ayuda alimentaria para comedores comunitarios | 600.000.000 3 3 1 13 01 04 16 | Apoyo al mejoramiento y adecuación de la infraestructura de las plazas de mercado | 150.000.000 3 31 13 01 04 21 | Fortalecimiento del sistema de abastecimiento local | 140.000.000 3 3 1 13 01 05 | Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables | 93.000.000 3 3 1 13 01 05 23 | Apoyo a programas para la generación de ingresos para el trabajador informal y poblaciones vulnerables | 93.000.000 3 3 1 13 01 06 | Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor | 156.000.000 3 3 1 13 01 06 24 | Realización de eventos intercolegiados en la localidad. | 78.000.000 3 3 1 13 01 06 26 | Implementación de programas de formación y cultura ambiental en la localidad. | 78.000.000 3 3 1 13 01 07 | Acceso y permanencia a la educación para todas y todos | 150.000.000 3 3 1 13 01 07 28 | Brindar mejores oportunidades de acceso a la educación superior, técnica y tecnológica a jóvenes de la localidad | 150.000.000 3 3 1 13 01 08 | Mejoramiento de la infraestructura y la dotación de colegios | 450.000.000 3 3 1 13 01 08 29 | Dotación de laboratorios y logística de Instituciones Educativas Distritales IEDS | 450.000.000 3 3 1 13 01 09 | Derecho a un techo | 60.000.000 3 3 1 13 01 09 774 | Mejoramiento de la vivienda | 60.000.000 3 3 1 13 01 10 | En Bogota se vive un mejor ambiente | 45.000.000 3 3 1 13 01 10 775 | Recuperación y mantenimiento de malla verde | 45.000.000 3 3 1 13 01 12 | Bogotá viva | 442.000.000 3 3 1 13 01 12 30 | Realización de programas de formación y eventos culturales locales | 190.000.000 3 3 1 13 01 12 32 | Realización de programas y eventos recreativos y deportivos en la localidad | 252.000.000 3 3 1 13 01 13 | Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad | 290.000.000 3 3 1 13 01 13 33 | Fortalecimiento al programa de ayudas técnicas a personas con discapacidad | 40.000.000 3 3 1 13 01 13 34 | Apoyo socioeconómico a personas en condición de discapacidad | 250.000.000 3 3 1 13 01 14 | Toda la vida integralmente protegidos | 1.545.990.000 3 3 1 13 01 14 776 | Infraestructura y formación para la protección de la familia y la niñez | 150.000.000 3 3 1 13 01 14 35 | Apoyo socioeconómico al adulto mayor de la localidad | 780.990.000 3 3 1 13 01 14 36 | Desarrollar un programa para la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales DESC para la población juvenil | 65.000.000 3 3 1 13 01 14 38 | Apoyar la construcción de un jardín infantil en la localidad | 500.000.000 3 3 1 13 01 14 42 | Apoyo a la dotación de dos jardines infantiles | 50.000.000 3 3 1 13 01 15 | Bogotá respeta la diversidad | 50.000.000 3 3 1 13 01 15 43 | Festival local de las culturas, la libertad y la diversidad | 50.000.000 3 3 1 13 01 16 | Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género | 41.000.000 3 3 1 13 01 16 44 | Desarrollo de procesos de formación social y política para las mujeres de la localidad. | 41.000.000 3 3 1 13 13 | DERECHO A LA CIUDAD | 3.112.883.000 3 3 1 13 02 17 | Mejoremos el barrio | 1.560.000.000 3 3 1 13 02 17 46 | Recuperación de la malla vial de la localidad | 1.560.000.000 3 3 1 13 02 20 | Ambiente vital | 76.000.000 3 3 1 13 02 20 48 | Implementación de buenas practicas ambientales en el sector productivo local | 76.000.000 3 3 1 13 02 25 | Espacio público para la inclusión | 1.012.883.000 3 3 1 13 02 25 50 | Mantenimiento y recuperación de andenes locales | 812.883.000 3 3 1 13 02 25 51 | Programa de reubicación y formalización de vendedores informales | 200.000.000 3 3 1 13 02 27 | Bogotá espacio de vida | 49.000.000 3 3 1 13 02 27 53 | Adecuación de espacios deportivos y recreativos de la localidad | 49.000.000 3 3 1 13 02 29 | Bogotá segura y humana | 295.000.000 3 3 1 13 02 29 54 | Plan local de seguridad y convivencia | 295.000.000 3 3 1 13 02 31 | Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias | 120.000.000 3 3 1 13 02 31 55 | Implementación del plan local de prevención y atención de emergencias | 120.000.000 3 3 1 13 03 | CIUDAD GLOBAL | 651.512.000 3 3 1 13 03 33 | Fomento para el desarrollo económico | 550.000.000 3 3 1 13 03 33 57 | Consolidar el proyecto de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial -ULDE- | 400.000.000 3 3 1 13 03 33 58 | Apoyo a programas de capacitación a personas cabeza de hogar | 150.000.000 3 3 1 13 03 34 | Bogotá sociedad del conocimiento | 50.000.000 3 3 1 13 03 34 59 | Implementar estrategias para la apropiación social de la ciencia, la tecnología y la innovación | 50.000.000 3 3 1 13 03 35 | Bogotá competitiva e internacional | 51.512.000 3 3 1 13 03 35 777 | Promoción y mercadeo local | 51.512.000 3 3 1 13 04 | PARTICIPACIÓN | 420.000.000 3 3 1 13 04 38 | Organizaciones y redes sociales | 420.000.000 3 3 1 13 04 38 61 | Apoyo a la construcción de espacios comunales locales | 290.000.000 3 3 1 13 04 38 62 | Apoyo a espacios de participación económica y social de la localidad. | 130.000.000 3 3 1 13 05 | OBJETIVO GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE | 1.418.759.000 3 3 1 13 05 49 | Desarrollo institucional integral | 1.418.759.000 3 3 1 13 05 49 65 | Apoyo a los procesos de control político y administrativo locales. | 432.271.000 3 3 1 13 05 49 66 | Fortalecimiento para la gestión organizacional y administrativa local. | 986.488.000 3 3 6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 11.739.609.000 4 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 21.859.253.000

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009).

ANTONIA CELESTINA SUÁREZ CASTELBLANCO Alcaldesa Local de Antonio Nariño NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4344 de diciembre 22 de 2009.

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