Resolución 1090 de 2010
Resolución 1090 de 2010 Secretaría Distrital de Gobierno
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1090
- Año
- 2010
- Fecha
- 18 de agosto de 2010
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1090 DE 2010 (Agosto 18) _Por la cual se designan los delegados del nivel directivo del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia a las sesiones trimestrales de programación y seguimiento de los Consejos Locales de Gobierno establecidas en el artículo 15 del Decreto 101 de 2010_ EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTA D. C. (E) En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Nacional, el Acuerdo distrital 257 de 2006, el artículo 5 del Decreto 340 de 2007 y el artículo 15 del Decreto 101 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital, como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, para garantizar la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos y, el adecuado y oportuno suministro de los bienes así como la prestación de los servicios a sus habitantes; definiendo como una instancia del sistema a los Consejos Locales de Gobierno.
Que el artículo 40 del acuerdo ibídem, determina que los Consejos Locales de Gobierno son la principal instancia de coordinación y articulación de las estrategias, planes y programas que se desarrollen en la localidad, para atender las necesidades de la comunidad y cumplir con las competencias propias de los asuntos del territorio local.
Que el artículo 4 del Decreto 340 de 2007 y el artículo 40 del Acuerdo 257 de 2006, establecen que los Consejos Locales de Gobierno están integrados por: El Alcalde (sa) Local, el Coordinador Administrativo y Financiero, el Coordinador del Grupo Normativo y Jurídico, el Comandante de Policía de la localidad, los representantes de los Sectores Administrativos de Coordinación que el Alcalde o Alcaldesa Local estime pertinente y los demás servidores y servidoras públicos que el Alcalde o Alcaldesa Local determine.
Que el artículo 5 del Decreto distrital 340 de 2007, establece que el delegado de las secretarias cabeza de sector deberá tener capacidad de decisión definida expresa y formalmente, y deberá asistir obligatoriamente a las sesiones.
Que de acuerdo al parágrafo 4 del artículo 9 del Decreto distrital 340 de 2007, adicionado por el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39198#15) del Decreto distrital 101 de 2010, los Consejos Locales de Gobierno, realizarán cada tres meses, sesiones de programación y seguimiento de su plan de acción con presencia de un funcionario del nivel directivo de cada sector administrativo del Distrito; éstas sesiones son coordinadas por el respectivo Alcalde o Alcaldesa Local.
Que para garantizar una adecuada y oportuna participación de la Secretaría y de las entidades que conforman el Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia, es necesario dar cumplimiento al deber de designar los delegados del nivel directivo del sector, a cada una de las localidades para que asista a las sesiones trimestrales de programación y seguimiento en los Consejos Locales de Gobierno.
Que por lo anterior, es necesario realizar delegación expresa a las entidades que conforman el Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 del decreto 101 de 2010, sin perjuicio de lo señalado en la Resolución 206 del 31 agosto de 2007, mediante la cual el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público designó sus representantes a los Consejos Locales de Gobierno. En merito de lo expuesto, [Ver el Documento de Relatoría de la Sec. General 60 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=7253#0) **
RESUELVE:
Artículo primero.
-** Designar como delegados del sector Gobierno, Seguridad y Convivencia para las sesiones trimestrales de programación y seguimiento de los Consejos Locales de Gobierno a los siguientes funcionarios del nivel directivo: | |
Localidad | Directivo(a) ---|---|--- 1 | USAQUÉN | Gerente(a) Fondo de Vigilancia y Seguridad 2 | CHAPINERO | Director(a) Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público 3 | SANTA FE | Subdirector(a) de Fortalecimiento de la Organización Social del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal 4 | SAN CRISTÓBAL | Director(a) Dirección de Prevención y Atención de Emergencias 5 | USME | Gerente(a) de Etnias del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal 6 | TUNJUELITO | Director(a) de Apoyo a Localidades 7 | BOSA | Director(a) Dirección Ejecutiva Local 8 | KENNEDY | Jefe Oficina Asesora Jurídica 9 | FONTIBÓN | Subdirector(a) de Promoción de la Participación del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal 10 | ENGATIVÁ | Subsecretario(a) de Convivencia y Seguridad 11 | SUBA | Gerente(a) de Instancias y Mecanismos de Participación del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal 12 | BARRIOS UNIDOS | Director(a) de Gestión Humana 13 | TEUSAQUILLO | Subsecretario(a) de Planeación y Gestión 14 | LOS MÁRTIRES | Director(a) de Planeación y Sistemas de Información 15 | ANTONIO NARIÑO | Director(a) de Seguridad 16 | PUENTE ARANDA | Director(a) de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia 17 | LA CANDELARIA | Jefe Oficina Asesora de Planeación DADEP 18 | RAFAEL URIBE | Director(a) de Seguimiento y Análisis Estratégico 19 | CIUDAD BOLÍVAR | Subsecretario(a) de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano 20 | SUMAPAZ | Gerente(a) de Mujer y Géneros del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal
Artículo segundo.
-** Remitir copia de la presente resolución a cada uno de los directivos delegados y a los Alcaldes y Alcaldesas locales.
Artículo tercero.
-** La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
** COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de agosto de 2010 ANDRÉS RESTREPO RESTREPO Secretario Distrital de Gobierno (E.)
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4485 de agosto 25 de 2010 **
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