Resolución 6709 de 2010
Resolución 6709 de 2010 Secretaría Distrital de Ambiente
- Tipo
- Resolución
- Número
- 6709
- Año
- 2010
- Fecha
- 29 de septiembre de 2010
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCIÓN 6709 DE 2010 (Septiembre 29) "Por la cual se suspenden términos en las actuaciones administrativas de la Dirección de Control Ambiental". EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE. En ejercicio de sus Facultades Legales, y en especial las conferidas por el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto 109 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que como quiera que la Secretaría Distrital de Ambiente carecía de instalaciones propias, se justificó la necesidad de contar con una sede administrativa que respondiera a las necesidades estratégicas y operacionales de la Entidad, para prestar un servicio de calidad a la ciudadanía.
Que el traslado implicó la desconexión total de redes y sistemas técnicos y administrativos, el desmonte y posterior montaje de equipos y redes de cableado estructurado y eléctrico, así como el mobiliario y archivo general de la Entidad, lo que afecta el normal funcionamiento administrativo de la Secretaría.
Que para tal efecto se hizo necesario emitir la Resolución No. [6359](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40520#0) del 31 de Agosto de 2010 "Por la cual se suspenden términos en los tramites administrativos que adelanta la Secretaria Distrital de Ambiente", mediante dicha resolución, se suspendieron los términos de las actuaciones y trámites administrativos que adelanta la Secretaria Distrital de Ambiente a través de sus distintas áreas, a partir del 6 y hasta el día 28 de Septiembre, inclusive, de 2010.
Que a pesar de la referida suspensión, las acciones tendientes a la organización y adecuación del archivo de los expedientes de tipo permisivos y sancionatorios, aun no ha concluido, en consecuencia se hace necesario, tomar las medidas del caso a fin de minimizar los traumatismos que pueda generar tal circunstancia.
Que como consecuencia a la imposibilidad de adelantar los trámites administrativos de carácter ambiental, aquella se extiende igualmente a las diligencias de notificación, lo que hace necesario suspender para éste caso los términos previstos para las actuaciones ambientales de la Dirección de Control Ambiental. En mérito de lo expuesto,**
RESUELVE:
Artículo primero.
- **Suspender los términos de las actuaciones de carácter permisivas y sancionatorias, que corresponden a la Dirección de Control Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, por el termino de tres (3) días hábiles, contados desde el día 29 de Septiembre y hasta el día 01 de Octubre de 2010, inclusive.
Parágrafo. PRIMERO. **La suspensión de términos no cobija las funciones de evaluación, control, seguimiento, inspección y vigilancia, la realización de visitas técnicas y operativas a cargo de la Dirección de Control Ambiental y sus Subdirecciones. Se atenderán con prioridad todos aquellos eventos y acciones para casos de urgencia o emergencia que así lo requieran.
Parágrafo. SEGUNDO: **La precedida suspensión de términos se aplicara para el préstamo de expedientes y para las diligencias de notificación.
Artículo segundo.
- **Los efectos de la suspensión de que trata el artículo primero de la presente resolución comprenderán las solicitudes y requerimientos de los órganos de control y demás organismos del Distrito Capital que demanden entre otros de información, consulta, expedición de copias y todas aquellas actuaciones en que se imposibilite la respuesta por necesitar acceso a archivos, expedientes, sistemas tecnológicos y demás elementos objeto de traslado de la sede administrativa de esta Secretaria.
Artículo tercero.
- **Los servidores públicos de la Dirección de Control Ambiental durante el periodo de suspensión de términos responderán a las instrucciones y ordenes que les imparta el Director y los Subdirectores.
Artículo cuarto.
- **Reiniciar el trámite normal de todas las actuaciones y trámites administrativos que adelanta la Dirección de Control Ambiental a través de sus Subdirecciones, a partir del día cuatro (4) de octubre de 2010.
Artículo quinto.
- **Publíquese la presente Resolución en la página web de la Secretaria Distrital de Ambiente.
Artículo sexto.
- La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE. Septiembre 29 de 2010. SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA Secretario Distrital de Ambiente (E.) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4512 de octubre 1 de 2010.
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