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Resolución 154 de 2010

Resolución 154 de 2010 Secretaría Distrital de Ambiente

Tipo
Resolución
Número
154
Año
2010
Fecha
8 de enero de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 154 DE 2010

**(Enero 08)

**[Derogada por el art. 13 de la Resolución 00120 de 2019](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87848#13)

_Por la cual se designan los delegados de la Secretaría Distrital de Ambiente en las Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital y se toman otras determinaciones_

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 6 y 45 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto 546 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Distrital, mediante el Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#0) de 2006 estableció el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que dentro de las instancias previstas en el Sistema de Coordinación del Distrito Capital, conforme a lo dispuesto en el artículo [33](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#33) del Acuerdo 257 de 2006, se encuentran las Comisiones Intersectoriales, escenarios idóneos para facilitar la coordinación intersectorial que se requiere para la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas distritales.

Que mediante Circular [027](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=30739#0) de 2008, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, estableció los criterios y lineamientos para continuar la implementación de la reforma administrativa y especialmente el sistema de coordinación distrital.

Que de conformidad con el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#3.p) único del articulo 3 del decreto 546 de 2007, los miembros integrantes de las Comisiones Intersectoriales podrán delegar su participación únicamente en servidores (as) públicos (as) del nivel directivo que tengan bajo su responsabilidad el desarrollo de la política respectiva.

Que acorde con el Decreto [546](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#0) de 2007, el Secretario Distrital de Ambiente no integra la Comisión Intersectorial Gestión del Suelo en el D.C. y Comisión Intersectorial Gestión Habitacional y Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos del" D.C. No obstante lo cual viene siendo invitado a las mismas, como lo establece el Art. [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#3) del Decreto 546 de 2007.

Que le corresponde a la Secretaría Distrital de Ambiente dar cumplimiento a lo dispuesto en las anteriores normas enunciadas, designando para tal efecto los delegados que deben integrar las respectivas Comisiones Intersectoriales.

Que igualmente, las delegaciones deben realizarse según la afinidad de las funciones del delegado, con las de cada comisión intersectorial a representar. En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo primero.

- DELEGACIÓN.- Se delega la participación del Secretario Distrital de Ambiente ante las Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital, de la siguiente manera: | COMISIÓN INTERSECTORIAL | DELEGADO ---|--- Comisión Intersectorial de la Participación en el Distrito | Jefe Oficina de Participación, Educación y Localidades Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital. | Jefe Oficina de Participación Educación y Localidades Comisión Intersectorial Estudios Económicos y de Información y Estadísticas del Distrito Capital | Director de Planeación y Sistemas de Información Ambiental Comisión Intersectorial para la Integración Regional y la Competitividad del Distrito Capital. | Director de Planeación y Sistemas de Información Ambiental Comisión Intersectorial para la Seguridad Alimentaría y Nutricional del Distrito Capital | Subdirector de Ecosistemas y Ruralidad Comisión Intersectorial para la Sostenibilidad, la Protección Ambiental y el Ecourbanismo del Distrito Capital. | Director de Planeación y Sistemas de Información Ambiental Comisión Intersectorial de Operaciones Estratégicas y Macroproyectos del Distrito Capital. | Director de Gestión Ambiental Comisión Intersectorial de Servicios Públicos del Distrito Capital. | Subdirector de Control Ambiental al Sector Público Comisión Intersectorial Espacio Público del Distrito Capital | Subdirector de Calidad del Aire Auditiva y Visual

Artículo segundo.

- DELEGACIÓN A LAS COMISIONES INTERSECTORIALES EN LAS QUE EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE PARTICIPA COMO INVITADO**.- Se delega la participación del Secretario Distrital de Ambiente como invitado ante las

Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital, de la siguiente manera:

COMISIÓN INTERSECTORIAL | DELEGADO ---|--- Comisión Intersectorial Gestión del Suelo del D.C. | Director de Gestión Ambiental Comisión Intersectorial Gestión Habitacional y Mejoramiento Integral de Asentamientos Humanos – Mesa de Trabajo Control y Prevención de Desarrollos Ilegales | Subdirector de Ecosistemas y Ruralidad Comisión Intersectorial Gestión Habitacional y Mejoramiento Integral de Asentamientos Humanos – Mesa de Trabajo para el Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos | Subdirector de Ecourbanismo y Gestión Ambiental Empresarial

Artículo tercero.

- COORDINACIÓN y SEGUIMIENTO A LA GESTIÓN INTERSECTORIAL.** La Dirección de Planeación y Sistemas de Información Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, adelantará la coordinación y seguimiento a la gestión intersectorial, en el marco de las Comisiones Intersectoriales del D.C.

Artículo cuarto.

- DE LA VIGENCIA.** La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 08 días del mes de enero del año 2010.

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Secretario Distrital de Ambiente

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