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Resolución 000982 de 2010

Resolución 982 de 2010 Ministerio de Transporte

Tipo
Resolución
Número
000982
Año
2010
Fecha
26 de marzo de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 000982 DE 2010 (marzo 26) por la cual se modifican y adicionan las Resoluciones números 005960 del 30 de noviembre de 2009 y 000158 del 25 de enero de 2010. EL MINISTRO DE TRANSPORTE, en uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 488 de 1998 y el Decreto 2053 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Transporte a través de la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009, determinó la base gravable de los automóviles camperos y camionetas de servicio público y particular y de las motocicletas, para el año fiscal 2010.

Que mediante Resolución número 000158 del 25 de enero de 2010, se adicionó a la Tabla número 2, "Base gravable de los vehículos clase camioneta doblecabina para el año fiscal 2010 (cifras en miles de pesos), la columna número 3 cilindrada cm3.

Que en revisión realizada a la Tabla número 1, "Base gravable de los vehículos (automóviles, camperos, y camionetas) para el año fiscal 2010 (cifras en miles de pesos)" anexa a la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009, y de acuerdo con lo solicitado por usuarios, se encontró que es necesario incluir algunas marcas y líneas de vehículos que no se encuentran en las mismas y, además se requiere el ajuste de unas de ellas, por cuanto la base gravable establecida en la resolución tiene diferencias con el valor comercial, según el mercado del usado.

Que revisada la Tabla número 2, "Base gravable de los vehículos clase camioneta doblecabina para el año fiscal 2010 (cifras en miles de pesos)", anexa a la Resolución número 000158 del 25 de enero de 2010, se hace necesario adicionar unas marcas y líneas nuevas junto con la base gravable para el pago del impuesto de vehículos.

Que revisada la Tabla número 3 Grupos según marca de motocicletas y motocarros, anexa a la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009 y de acuerdo con lo solicitado por usuarios, se encontró que es necesario incluir el vehículo clase cuatrimoto, así como unas marcas que no se encuentran en las mismas. En mérito de lo expuesto, este despacho,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modificar la Tabla número 1, "Base gravable de los vehículos (Automóviles, Camperos, y Camionetas) para el año fiscal 2010 (cifras en miles de pesos)", anexa a la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009, en el sentido de ajustar la base gravable e incluir algunas marcas y líneas en la Tabla anexa a la presente resolución. Artículo 2°. Adicionar a la Tabla número 2 "Base gravable de los vehículos clase camioneta doblecabina para el año fiscal 2010 (cifras en miles de pesos)", de la Resolución número 000158 de 2010, las marcas y líneas contenidas en la tabla número 2 anexa a la presente resolución. Artículo 3°. Modificar el título de la Tabla número 3 "Grupos según marca de motocicletas y motocarros", por Grupos según marca de motocicletas, motocarros y cuatrimotos, además insertar las siguientes marcas así: Grupo A: JET UKM, ROA, LML, LMX, SACHS BIKES Grupo B: GAS GAS, MONTESA Grupo C: CAN-AM, BOURGET Artículo 4°. Los demás términos de las Resoluciones números 005960 del 30 de noviembre de 2009 y 000158 del 25 de enero de 2010, continúan vigentes. Artículo 4° (Sic). La presente resolución rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2010. _Andrés Uriel Gallego Henao. _(C. F.) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.663 de marzo 26 de 2010.

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