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Resolución 0210 de 2010

Resolución 210 de 2010 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Tipo
Resolución
Número
0210
Año
2010
Fecha
10 de marzo de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 0210 DE 2010 (Marzo 10) "Por la cual se modifica la Resolución No. 0158 del 29 de febrero de 2008" EL GERENTE GENERAL (E.) DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 01 de 2002 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 0158 del 29 de febrero de 2008, el Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –ESP (EAAB-ESP), delegó la representación legal de la EAAB-ESP, en la Secretaria General, en los Gerentes Corporativos y en algunos Directores, en los asuntos relacionados con las actividades propias de cada área.

Que mediante Resolución 0539 del 1 de julio de 2009, se modificó el artículo primero de la Resolución 0158 de 2008, incluyendo al Director de Contratación y Compras dentro de los funcionarios a quienes el Gerente General delegó la representación legal. También se modificó el parágrafo del artículo primero, agregando que la delegación de la representación legal comprende la firma de los actos administrativos.

Que mediante la Resolución 0742 del 31 agosto de 2009, el Gerente General reasumió la representación legal delegada al Director de Salud en los asuntos relacionados con las actividades propias de esa área y delegó dicha representación a la Gerencia Corporativa de Gestión Humana y Administrativa, en los asuntos relacionados con la Dirección de Salud, dejando vigente las funciones y las responsabilidades otorgadas al director de Salud en los Manuales de funciones y competencias del Acueducto de Bogotá.

Que mediante Resolución 0959 del 10 de noviembre de 2009, se modifico la Resolución 0158 del 29 de febrero de 2008, mediante la cual se adicionó el numeral 12 al artículo segundo, respecto a la delegación de la representación legal en el Director de Bienes Raíces.

Que es conveniente precisar que la representación legal, delegada por el Gerente General, en la Resolución 0158 de 2009, incluye la representación legal para asuntos judiciales, arbitrales y/o administrativos, en los asuntos propios del cargo.

Que es necesario unificar en el presente documento las modificaciones realizadas a la Resolución 0158 del 29 de febrero de 2009.

Que en mérito de lo expuesto,**

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: **Modificar el [artículo primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29928#1) de la Resolución 0158 de 29 de febrero de 2008, el cual quedara así: Delegar en la Secretaria General, los Gerentes Corporativos del Servicio al Cliente, de Sistema Maestro, Financiero, de Gestión Humana y Administrativa, Ambiental, de Planeamiento y Control, de Tecnología y Jurídico, así como en los Directores de Servicios Administrativos, de Seguridad y de Contratación y Compras, la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de cada área. Delegar en la Gerencia Corporativa de Gestión Humana y Administrativa la representación legal en los asuntos relacionados con la Dirección de salud.

Parágrafo. PRIMERO: La delegación de que trata el artículo primero de esta resolución, comprende la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, en todos los asuntos judiciales, arbitrales y administrativos, que requieran la comparecencia del representante legal de la Empresa. Así mismo, comprende la ordenación del gasto y del pago, la aceptación de ofertas y suscripción del contratos y convenios, la expedición y firma de actos administrativos, la fijación de las tarifas de los servicios prestados por sus respectivas dependencias, conexos con los servicios públicos domiciliarios, el otorgamiento de poderes y los demás actos en virtud de los cuales se contraigan obligaciones en asuntos propios de su área. ARTÍCULO SEGUNDO: **Modificar el artículo segundo de la Resolución 0158 del 29 de febrero de 2008, en el sentido de adicionar el numeral [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29928#2.12) a dicho artículo, respecto a la delegación de la representación legal en el Director de Bienes Raíces, el cual quedará así: 12. Tramitar y firmar las escrituras públicas mediante las cuales se transfiere el derecho de dominio de los bienes inmuebles de propiedad del Acueducto de Bogotá, cuya venta apruebe el Comité de Inventario, Ventas, Arrendamiento, Donación y Destrucción de Activos Improductivos u Obsoletos de la Empresa, previa la declaratoria de bien improductivo y, en general, la suscripción de escrituras públicas de toda venta de inmuebles que efectué el Acueducto de Bogotá.

Artículo tercero.

Ordenar al Director del Sistema de Información Empresarial (SIE) el trámite y creación del centro de costos con el respectivo rubro presupuestal de la Dirección de Contratación y Compras.

Artículo cuarto.

Las funciones y responsabilidades otorgadas al Director de Salud en los manuales de funciones y competencias del Acueducto de Bogotá mantienen su vigor. ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones No.[0539](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38323#0) del 1 de julio de 2009, 0742 del 31 agosto de 2009 y [0959](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38985#0) del 10 de noviembre de 2009. Las demás disposiciones de la Resolución 0158 de 2008, no modificadas expresamente por la presente resolución, continúan vigentes.** Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de marzo de 2010. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JULIÁN MONTOYA GUZMÁN Gerente General (E.) NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4392 de marzo 12 de 2010.

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