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Decreto Local 006 de 2010

Decreto Local 006 de 2010 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2010
Fecha
17 de diciembre de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 006 DE 2010 (Diciembre 17) Por cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2011. EL ALCALDE LOCAL DE SUBA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15º del decreto 372 de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2010EE599412 del 11 de Octubre de 2010, radicado No. 2010-112-016779-2 del 19/10/2010, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $34.713.109.165 para la vigencia 2011.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No.19 del 24 de noviembre de 2010, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba, el cual asciende a la suma de SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO ($66.150.054.165,00 ) PESOS M/CTE, para la vigencia fiscal 2011 Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

Que la Junta Administradora Local de Suba tramitó y aprobó el anteproyecto de Presupuesto para la vigencia 2011, el cual surtió su estudio y aprobación en primero y segundo debate los días catorce (14) y quince (15) de diciembre de 2010, como consta en las Actas No. 085 y 086.de los respectivos días.

Que mediante Acuerdo Local No. 003 de diciembre 16 de 2010, la Junta Administradora Local de Suba aprobó el presupuesto para la vigencia fiscal del 2011.

Que le corresponde al Alcalde Local expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto del respectivo F.D.L. a nivel de programas y proyectos.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1.

- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2011, por la suma de SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO ($66.150.054.165) PESOS M/CTE., conforme al siguiente detalle: | RUBRO | CONCEPTO | 2011 ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 31.436.945.000 2 | INGRESOS | 34.713.109.165 2,1 | INGRESOS CORRIENTES | 119.000.000 2.1.2 | No Tributarios | 119.000.000 2.1.2.03 | Multas | 65.000.000 2.1.2.99 | Otros Ingresos No tributarios | 54.000.000 2,2 | TRANSFERENCIAS | 34.509.000.000 2,2,4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 34.509.000.000 2.2.4.05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 34.509.000.000 2.2.4.05.01 | Vigencia | 34.509.000.000 2,4 | RECURSOS DE CAPITAL | 85.109.165 2.4.5 | EXCEDENTES FINANCIEROS | 5.109.165 2.4.9 | OTROS RECURSOS DE CAPITAL | 80.000.000

| TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 66.150.054.165 **

Artículo 2.

-

Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal de enero 1º a diciembre 31 de 2011, por la suma de SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO ($66.150.054.165) PESOS M/CTE., de acuerdo al siguiente detalle: RUBRO | CONCEPTO | 2011 ---|---|--- 3 | GASTOS | 66.150.054.165 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 2.082.551.000 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 2.082.551.000 3.1.2.01 | Adquisición de bienes | 341.307.000 3.1.2.01.02 | Gastos de computador | 117.817.000 3.1.2.01.03 | Combustibles, lubricantes y llantas | 185.000.000 3.1.2.01.04 | Materiales y suministros | 38.490.000 3.1.2.02 | Adquisición de servicios | 1.741.244.000 3.1.2.02.01 | Arrendamientos | 128.750.000 3.1.2.02.03 | Gastos de transporte y comunicación | 83.100.000 3.1.2.02.04 | Impresos y publicaciones | 21.630.000 3.1.2.02.05 | Mantenimiento entidad | 1.248.970.000 3.1.2.02.06.01 | Seguros entidad | 95.550.000 3.1.2.02.06.03 | Seguros de salud y vida ediles | 46.800.000 3.1.2.02.08.01 | Energía | 20.633.000 3.1.2.02.08.02 | Acueducto y alcantarillado | 9.535.000 3.1.2.02.08.03 | Aseo | 60.000.000 3.1.2.02.08.04 | Teléfono | 26.276.000 3.3 | INVERSION | 64.067.503.165 3.3.1 | DIRECTA | 32.630.558.165 3.3.1.13 | Plan de Desarrollo "BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR" | 32.630.558.165 3.3.1.13.01 | CIUDAD DE DERECHOS | 13.407.612.000 3.3.1.13.01.01 | Bogotá sana | 910.000.000 3.3.1.13.01.01.184 | Atención integral en salud a población vulnerable | 910.000.000 3.3.1.13.01.04 | Bogotá bien alimentada | 5.324.636.000 3.3.1.13.01.04.186 | Nutrir y alimentar a Suba | 5.324.636.000 3.3.1.13.01.05 | Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables | 410.000.000 3.3.1.13.01.05.188 | Brindar oportunidades productivas para poblaciones vulnerables | 410.000.000 3.3.1.13.01.06 | Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor | 682.976.000 3.3.1.13.01.06.189 | Fortalecimiento de la educación en Suba | 682.976.000 3.3.1.13.01.07 | Acceso y permanencia a la educación para todas y todos | 750.000.000 3.3.1.13.01.07.190 | Jóvenes subanos con mayores oportunidades de educación superior | 750.000.000 RUBRO | CONCEPTO | 2011 3.3.1.13.01.11 | Construcción de paz y reconciliación | 330.000.000 3.3.1.13.01.11.193 | Suba reconciliada y en paz | 330.000.000 3.3.1.13.01.12 | Bogotá viva | 1.850.000.000 3.3.1.13.01.12.194 | Cultura, deporte y recreación para la convivencia | 1.850.000.000 3.3.1.13.01.13 | Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad | 1.160.000.000 3.3.1.13.01.13.195 | Suba reconoce los derechos de la población con discapacidad | 1.160.000.000 3.3.1.13.01.14 | Toda la vida integralmente protegidos | 1.830.000.000 3.3.1.13.01.14.196 | Gestión social integral para una vida positiva | 1.830.000.000 3.3.1.13.01.15 | Bogotá respeta la diversidad | 100.000.000 3.3.1.13.01.15.197 | Generación de estrategias para la visibilización de la diversidad y la equidad | 100.000.000 3.3.1.13.01.16 | Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género | 60.000.000 3.3.1.13.01.16.198 | Por una equidad de género | 60.000.000 3.3.1.13.02 | DERECHO A LA CIUDAD | 13.816.816.000 3.3.1.13.02.17 | Mejoremos el barrio | 10.649.316.000 3.3.1.13.02.17.199 | Mejorando integralmente nuestros barrios | 10.649.316.000 3.3.1.13.02.20 | Ambiente vital | 487.500.000 3.3.1.13.02.20.201 | Suba ordena, regula y protege su ambiente | 487.500.000 3.3.1.13.02.21 | Bogotá Rural | 150.000.000 3.3.1.13.02.21.202 | Nuestra ruralidad regulada | 150.000.000 3.3.1.13.02.25 | Espacio público para la inclusión | 900.000.000 3.3.1.13.02.25.203 | Por un espacio público para todos y todas | 900.000.000 3.3.1.13.02.27 | Bogotá espacio de vida | 1.000.000.000 3.3.1.13.02.27.204 | Construcción, adecuación y mantenimiento de los parque de Suba | 1.000.000.000 3.3.1.13.02.29 | Bogotá segura y humana | 190.000.000 3.3.1.13.02.29.205 | Suba segura, justa y humana | 190.000.000 3.3.1.13.02.30 | Amor por Bogotá | 250.000.000 3.3.1.13.02.30.206 | Suba autorregulada y corresponsable | 250.000.000 3.3.1.13.02.31 | Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias | 190.000.000 3.3.1.13.02.31.207 | Suba preparada ante el riesgo y las emergencia | 190.000.000 3.3.1.13.03 | CIUDAD GLOBAL | 990.000.000 3.3.1.13.03.33 | Fomento para el desarrollo económico | 700.000.000 3.3.1.13.03.33.208 | Suba emprendedora | 700.000.000 3.3.1.13.03.35 | Bogotá competitiva e internacional | 140.000.000 3.3.1.13.03.35.209 | Suba turística y competitiva | 140.000.000 3.3.1.13.03.36 | Río Bogotá | 150.000.000 RUBRO | CONCEPTO | 2011 3.3.1.13.03.36.210 | Recuperemos nuestro río | 150.000.000 3.3.1.13.04 | PARTICIPACION | 1.520.000.000 3.3.1.13.04.37 | Ahora decidimos juntos | 700.000.000 3.3.1.13.04.37.211 | Todas y todos participamos y decidimos | 700.000.000 3.3.1.13.04.38 | Organizaciones y redes sociales | 820.000.000 3.3.1.13.04.38.212 | Fortalecimiento del colectivo social | 100.000.000 3.3.1.13.04.38.213 | Obras con participación ciudadana | 720.000.000 3.3.1.13.06 | GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE | 2.896.130.165 3.3.1.13.06.45 | Comunicación al servicio de todas y todos | 300.000.000 3.3.1.13.06.45.215 | Fortalecer los canales de comunicación con la ciudadanía | 300.000.000 3.3.1.13.06.46 | Tecnologías de la información y comunicación al servicio de la ciudad | 263.100.000 3.3.1.13.06.46.216 | Potencializar la tecnología de la información y comunicación | 263.100.000 3.3.1.13.06.48 | Gestión documental integral | 150.000.000 3.3.1.13.06.48.217 | Fortalecimiento de la gestión documental | 150.000.000 3.3.1.13.06.49 | Desarrollo institucional integral | 2.183.030.165 3.3.1.13.06.49.218 | Fortalecimiento de la administración local | 1.517.087.165 3.3.1.13.06.49.219 | Pago de horarios y seguros ediles | 665.943.000 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 31.436.945.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 66.150.054.165

Artículo 3.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de 2010.

RUBÉN DARÍO BOHÓRQUEZ RINCÓN Alcalde Local de Suba NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4568 de diciembre 28 de 2010.

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