Circular 049 de 2010
Circular 49 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 049
- Año
- 2010
- Fecha
- 25 de junio de 2010
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 049 DE 2010 (Junio 25)[Sin efectos por el art. 16, Resolución 233 de 2018, Secretaría General.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78551#16) | Para: | SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO ---|--- De: | SECRETARIO GENERAL DE LA ALCADÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Asunto: | LINEAMIENTOS DE RACIONALIZACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN DISTRITAL [Ver la Circular de la Sec. General 27 de 2008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=30739#0), [Ver la Circular de la Sec. General 26 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36775#0)
Como es de su conocimiento, el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital es el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y materialización de los derechos humanos, individuales colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes, así lo estableció el artículo 32 del Acuerdo 257 de 2006.
De esa manera, el sistema de coordinación integra, en forma dinámica y efectiva, la ejecución de las políticas distritales a cargo de los organismos y las entidades, estableciendo mecanismos de interrelación entre éstos las formas organizadas de la sociedad.
La Secretaría General, mediante las Circulares 27 de 2008 y 26 de 2009, impartió lineamientos relacionados con el funcionamiento de las instancias de coordinación distrital, de las cuales resulta imperioso reiterar en esta oportunidad que es inaplazable la necesidad de racionalizar los diferentes escenarios de coordinación existentes y armonizar aquellos que deben permanecer con el esquema establecido en el Sistema de Coordinación de la Administración Distrital, previsto en los artículos 33 y siguientes del Acuerdo 257 de 2006.
En el presente año, ante la inexistencia de insumos al respecto, en relación con la mayoría de los sectores, la Secretaría General elaboró un inventario de los consejos, comités, comisiones, mesas, redes, equipos, entre otros, existentes antes y después de la Reforma Administrativa, con el fin de promover la pronta realización de esta labor. Con el insumo referido, se solicitó la conformación de un equipo de trabajo con los primeros seis sectores priorizados, petición que sólo se ha concretado en dos casos.
En este contexto, entendiendo como prioridad de la Administración el adecuado funcionamiento de su Sistema de Coordinación se elaboró un instructivo (anexo a la presente Circular) que imparte lineamientos puntuales acerca del proceso que debe seguirse pare lograr la pronta racionalización y armonización de las instancias de coordinación en un término no mayor a cinco (5) semanas, a partir del recibo de esta Circular.
Finalmente, es pertinente insistir en la revisión exhaustiva, por parte de cada entidad, a toda propuesta de acto administrativo que incluya instancias de coordinación, para garantizar que está haya contemplado la posibilidad de utilizar las instancias ya existentes o que las que se proponga crear se enmarquen en los parámetros técnico – normativos del Sistema de Coordinación Distrital ya referido.
Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General
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