Resolución 284 de 2011
Resolución 284 de 2011 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Tipo
- Resolución
- Número
- 284
- Año
- 2011
- Fecha
- 12 de agosto de 2011
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** RESOLUCIÓN 284 DE 2011 (Agosto 12) "Por medio de la cual se establecen los criterios de selección como requisito parcial para otorgar el Subsidio Distrital de Vivienda para personas destacadas en el campo artístico, cultural y deportivo en el marco del Decreto 191 de 2011.". LA SECRETARIA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE en ejercicio de sus facultades legales, en especial las contempladas en el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá y el Decreto Distrital 558 de 2006 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Distrital 191 de 2011 _"Por medio del cual se adoptan medidas para el otorgamiento del Subsidio Distrital de Vivienda para personas destacadas en el campo artístico, cultural y deportivo, y se dictan otras disposiciones",_ establece en su artículo primero que la Secretaría Distrital del Hábitat, a partir de la vigencia del presente decreto asignará subsidios distritales de vivienda a las personas que se destaquen en representación de Bogotá en el campo artístico, cultural y deportivo, seleccionadas por la Secretaría Distrital del Cultura, Recreación y Deporte. Que, igualmente determina que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establecer los criterios de selección de las personas que se destaquen en representación de Bogotá en el campo artístico, cultural y deportivo, como requisito parcial para acceder a subsidios distritales de vivienda otorgados por la Secretaría Distrital del Hábitat1.
Que adicionalmente el mencionado decreto, en el parágrafo del artículo primero preceptúa que _"las personas que se destaquen en representación de Bogotá en el campo artístico, cultural y deportivo, determinadas conforme al presente artículo deberán cumplir con los requisitos previstos en la normatividad vigente para acceder al Subsidio Distrital de Vivienda"._ Que para cumplir con el fin descrito, el artículo 2° del Decreto 191 de 2011 estipula que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte "determinará por acto motivado los criterios de selección de los mejores representantes en el campo artístico, cultural y deportivo, que podrán acceder al Subsidio Distrital de Vivienda otorgado por la Secretaría Distrital del Hábitat"1.
Que el plazo inicialmente establecidos de treinta (30) días fue prorrogado por el artículo 1 del Decreto Distrital 235 de 2011 por sesenta (60) días calendario más, que como quiera que el Decreto 191 fue expedido el 2 de mayo de 2011 y publicado el 3 de mayo de 2011, fecha de entrada en vigencia, el plazo total dado para determinar los criterios vence el 14 de agosto de 2011.
Que mediante la Resolución 922 del 27 de julio de 2011, expedida por la Secretaria Distrital de Hábitat, se actualizó el reglamento operativo para el otorgamiento de subsidios de vivienda en el Distrito Capital, el cual debe observarse como complemento de los requisitos parciales establecidos en el presente acto administrativo, por los interesados en la postulación.
Que para dar cumplimiento a estas disposiciones a continuación se presentan los criterios de selección referidos, discriminados en dos grupos: 1) creadores y gestores culturales y 2) deportistas, a saber: La Ley 397 de 1997- Ley General de Cultura- define creador y gestor cultural en los siguientes términos: _ "ARTÍCULO 27. EL CREADOR._ Se entiende por creador cualquier persona o grupo de personas generadoras de bienes y productos culturales a partir de la imaginación, la sensibilidad y la creatividad. Las expresiones creadoras, como expresión libre del pensamiento humano, generan identidad, sentido de pertenencia y enriquecen la diversidad cultural del país. **
Artículo 28.
EL GESTOR CULTURAL.** Impulsa los procesos culturales al interior de las comunidades y organizaciones e instituciones, a través de la participación, democratización y descentralización del fomento de la actividad cultural. Coordina como actividad permanente las acciones de administración, planeación, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de las entidades y organizaciones culturales o de los eventos culturales comunitarios".
Que con el objeto de seleccionar a los creadores y a los gestores culturales destacados del Distrito Capital, se establecen los siguientes criterios: 1) Ser residente de la ciudad de Bogotá durante los últimos 2 años, pues de acuerdo con los lineamientos del Decreto 191 de 2011 los recursos de la Administración Distrital para otorgar subsidios de vivienda, deben ser destinados a gestores culturales residentes en la ciudad. 2) Haber sido ganador de premios en concursos en el nivel nacional o internacional. Este requisito pretende dar cumplimiento a carácter de "mejores representantes" de los campos artístico y cultural, conforme a lo establecido en el Decreto 191 de 2011. Para establecer la puntuación de los premios recibidos por el creador o gestor cultural se tendrá en cuenta el ámbito en el que se realizó el concurso, es decir, los concursos realizados en Colombia y los realizados en el exterior, así como el puesto que ocupó en la premiación.
Que el puntaje de cada creador o gestor cultural será el resultado de la sumatoria de los puntos obtenidos en razón de los premios acreditados y plenamente comprobados. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte conformará una lista de seleccionados en orden de mayor a menor, según el puntaje total obtenido por los creadores o gestores culturales postulados. Por su parte, con el objeto de seleccionar a los deportistas destacados del Distrito Capital para que accedan a subsidios distritales de vivienda, se enmarca su escogencia en el Programa de Rendimiento Deportivo, en los deportes convocados a los Juegos Deportivos Nacionales, Juegos Paralimpicos Nacionales y eventos del Ciclo Olímpico y Paralimpico, según lo establecido en la Resolución 203 de 2009, expedida por el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte. La Resolución orienta la toma de decisiones respecto al acceso a los apoyos, servicios y estímulos que los atletas y entrenadores del Programa pueden recibir por los resultados deportivos en ambos sectores: convencional y paralímpico. Acorde con el marco normativo referido, los criterios para seleccionar a los deportistas destacados son: 1) Deportistas convencionales o paralímpicos afiliado a Clubes o Ligas Deportivas de Bogotá, D.C. que posean reconocimiento deportivo y personería jurídica vigentes, que en todo caso, cumplan los requisitos señalados en la normatividad vigente y procedimientos de postulación, inclusión y permanencia en las diferentes etapas del Programa de Rendimiento Deportivo. 2) Haber obtenido los reconocimientos indicados en el Artículo Tercero DEPORTISTAS de la presente Resolución, en eventos o certámenes deportivos nacionales o internacionales. Este requisito pretende dar cumplimiento a carácter de "mejores representantes" del campo deportivo, conforme a lo establecido en el Decreto 191 de 2011. En desarrollo del segundo criterio, se realizará la siguiente puntuación de los premios recibidos por el deportista en los siguientes eventos deportivos y competencias. 1) Juegos Deportivos Nacionales y Juegos Paralímpicos Nacionales, 2) Juegos Suramericanos 3) Juegos Centroamericanos y del Caribe 4) Juegos Panamericanos 5) Juegos Parapanamericanos 6) Campeonatos Mundiales 7) Juegos Olímpicos de la Juventud 8) Juegos Paralímpicos 9) Sordoolimpiadas 10) Juegos Olímpicos. En consideración de lo expuesto,**
RESUELVE:
Artículo primero.
-** Establecer los criterios de selección como requisito parcial para otorgar el Subsidio Distrital de Vivienda para personas destacadas en el campo artístico, cultural y deportivo en el marco del Decreto 191 de 2011, para este efecto se tendrán en cuenta los siguientes grupos: 1) creadores y gestores culturales y 2) deportistas; y el procedimiento para la postulación necesaria para la conformación de la lista de seleccionados. Los requisitos establecidos por el Decreto [063](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35346#0) de 2009 "Por el cual se reglamenta el otorgamiento del Subsidio Distrital de Vivienda y se dictan otras disposiciones" y la Resolución [922](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43505#0) del 27 de julio de 2011 "Por medio de la cual se actualiza el reglamento operativo para el otorgamiento de subsidios de vivienda en el Distrito Capital", expedida por la Secretaría Distrital del Hábitat, deben ser tenidos en cuenta por los creadores, gestores culturales y deportistas con antelación a la postulación que deben hacer ante la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en aplicación del procedimiento establecido en el presente acto administrativo.
Artículo segundo.
- CREADORES Y GESTORES CULTURALES - Para los creadores y gestores culturales se tendrán en cuenta los premios que hayan recibido en Colombia y en el exterior. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establecerá una lista de seleccionados atendiendo los siguientes criterios: 1) Ser residente de la ciudad de Bogotá durante los últimos 2 años. 2) Haber sido ganador de premios en concursos en el nivel nacional o internacional, con posterioridad a la expedición del presente acto administrativo. En desarrollo del segundo criterio, se aplicará la siguiente puntuación de los premios recibidos por el creador o gestor cultural: | | Ítem ---|---
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