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Resolución 1040 de 2011

Resolución 1040 de 2011 Registraduría Nacional del Estado Civil

Tipo
Resolución
Número
1040
Año
2011
Fecha
11 de febrero de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1040 DE 2011 (Febrero 11)

[Adicionada por la Resolución de la RNEC 1164 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41623#0) Por la cual se establece el calendario electoral para la realización de Consultas Populares o Internas o Interpartidistas de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, a realizarse el 29 de mayo de 2011. EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el inciso 2° del artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 del Código Electoral y artículo 10 de la Ley 130 de 1994 modificado por la Ley 616 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que el artículo 107 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1° del Acto Legislativo número 1 de 2003, establece en su inciso tercero que: "… _los partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos podrán celebrar consultas populares o internas que coincidan o no con las elecciones a corporaciones públicas de acuerdo con lo previsto en sus estatutos"._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4814#10) de la Ley 130 de 1994, modificado por el artículo 1° de la Ley 616 de 2000, dispone que la Organización Electoral colaborará en la realización de consultas internas de los partidos y movimientos con personería jurídica que lo soliciten a través de sus respectivas autoridades estatutarias, para escoger candidatos a la Presidencia de la República, gobernaciones departamentales y alcaldías distritales y municipales, como para tomar decisiones con respecto a su organización interna o variación de sus estatutos.

Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución número 0211 de 2010, reglamentó el procedimiento para que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral realicen consultas interpartidistas para la escogencia de sus candidatos a cargos de elección popular.

Que mediante Resolución número 0014 del 2 de febrero de 2011, emitida por el Consejo Nacional Electoral, fijó la fecha para la realización de Consultas Populares o Internas o interpartidistas de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica para la toma de decisiones o la escogencia de sus candidatos a autoridades territoriales que participarán en las elecciones de octubre de 2011.

Que en virtud de lo anteriormente expuesto, [Ver la Resolución del CNE 014 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41561#0) **

RESUELVE:

Artículo 1°. Establecer el calendario electoral de las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar, para la realización de las Consultas Populares o Internas o Interpartidistas de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, que se realizarán el 29 de mayo de 2011, así: | _ FECHA ---

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