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Resolución 1048 de 2011

Resolución 1048 de 2011 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Tipo
Resolución
Número
1048
Año
2011
Fecha
29 de diciembre de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1048 DE 2011 (Diciembre 29) “Por la cual se establece la estructura tarifaria ampliable a los usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, en el Municipio de Soacha durate el año 2012” EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P., En ejercicio de las facultades estatutarias y de la delegación efectuada por la Junta Directiva mediante el Acuerdo No 19 del 20 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 33 de diciembre 01 de 2011 el Concejo Municipal de Soacha definió los siguientes factores de subsidio y aporte solidario para los servicios de acueducto y alcantarillado en el Municipio de Soacha aplicables en el año 2012:

Que se hace necesario incorporar en las estructuras tarifarias los factores de subsidios y aportes establecidos por las Administraciones Municipales y los Concejos Municipales y Distritales.

Que mediante el Acuerdo No. 19 del 20 de diciembre de 2011, la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP (EAAB-ESP) delegó en el Gerente General la incorporación en las estructuras tarifarias de los factores de subsidios y aportes para la vigencia 2012.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

-** Estructura Tarifaria. Adoptar las siguientes tarifas, en pesos colombianos de diciembre de 2011, a aplicar a los usuarios del servicio de acueducto y alcantarillado de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP a partir del mes de enero de 2012 en el Municipio de Soacha:

Artículo segundo.

- Indexación.** Los valores tarifarios contemplados en el artículo anterior se expresan en pesos colombianos de diciembre de 2011 y se indexarán de conformidad con las normas vigentes expedidas para el efecto por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.

Artículo tercero.

Vigencia y Derogatoria. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2011. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4805 de enero 2 de 2012

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