Resolución DDI-116795 de 2011
Resolución 116795 de 2011 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá
- Tipo
- Resolución
- Número
- DDI-116795
- Año
- 2011
- Fecha
- 29 de abril de 2011
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**RESOLUCIÓN DDI-116795 DE 2011 (Abril 29) "Por medio de la cual se informa la utilización de la firma mecánica en el proceso de liquidación de algunos impuestos distritales" EL JEFE DE LA OFICINA DE LIQUIDACIÓN (E) DE LA SUBDIRECCIÓN DE IMPUESTOS A LA PROPIEDAD DE LA DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA "DIB" En uso de sus facultades legales y en especial las que les confieren los artículos 82 del Decreto Distrital 807 de 1993, los artículos 32 y 34 del Decreto Distrital 545 de 2006 modificado por el artículo 9 del Decreto Distrital 616 de 2007, el artículo 12 del Decreto 2150 de 1995, la Resolución DGC-000277 del 19 de abril de 2011 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 del Decreto 2150 de 1995, establece: "Firma Mecánica. Los jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico".
Que la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá "DIB", tiene previsto adelantar programas masivos de generación de liquidaciones de aforo, liquidaciones de revisión y demás actos administrativos dirigidos al mejoramiento del recaudo de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores.
Que para desarrollar con eficiencia y eficacia el procedimiento de determinación oficial planteado dentro del Plan de Fiscalización se hace necesario utilizar un medio mecánico que permita firmar en forma masiva los actos oficiales emitidos por la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad, con el fin de obtener una mayor cobertura en los programas a desarrollar.
Que conforme a lo dispuesto en los artículos 32 y 34 del Decreto Distrital 545 de 2006, en concordancia con el artículo 82 del Decreto Distrital 807 de 1993, corresponde al Jefe de la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad proferir liquidaciones oficiales, las ampliaciones a los requerimientos especiales e imponer sanciones.
Que mediante Resolución DGC-000277 del 19 de abril de 2011 la Secretaria Distrital de Hacienda, en uso de sus facultades legales, encargo al funcionario LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA, con cédula de ciudadanía No.80.181.735 de Bogotá, como Jefe de la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad.
Que en consideración a lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Informar que para la expedición de liquidaciones oficiales de aforo, ampliaciones a requerimientos especiales, liquidaciones oficiales de revisión e imposición de sanciones y demás actos administrativos que emita masivamente la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad, para la determinación de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores, de conformidad con la normativa tributaria distrital, se utilizará la firma mecánica.
Parágrafo. Para efectos de la presente Resolución, la firma mecánica es la imagen de la firma del funcionario competente, reproducida mediante medios computarizados en documentos escritos.
Artículo segundo.
La firma mecánica que se utilizará para los actos administrativos descritos en el artículo primero de la presente Resolución, es la del suscrito funcionario LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA como Jefe de la Oficina de Liquidación (E) de la Subdirección de Impuestos a la Propiedad de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá "DIB".
Artículo tercero.
Esta Resolución rige a partir de su publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de abril del año 2011. LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA Jefe Oficina de Liquidación (E.) Subdirección de Impuestos a la Propiedad NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4646 de mayo 3 de 2011.
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