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Resolución 35 de 2011

Resolución 35 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
35
Año
2011
Fecha
5 de agosto de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 35 DE 2011 (Agosto 5)[Derogado por el art. 53, Decreto Distrital 337 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=187234#53)

"Por la cual se designa al /la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB-ESP-, como delegado/a de Bogotá, Distrito Capital, en el Comité de Regulación Hidráulica en el Departamento de Cundinamarca." LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, DESIGNADA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38 y los artículos 39, 40 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993; el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 18 del Acuerdo 257 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 6 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece como atribución del/la Alcalde/sa Mayor distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas.

Que los artículos 39, 40 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 señalan que el/la Alcalde/sa Mayor dictará las normas reglamentarias que garanticen la vigencia de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, descentralización, delegación y desconcentración y como Jefe de la Administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades creadas por el Concejo, pudiendo delegar las funciones que le asigna la ley y los acuerdos en los/as Secretarios/as de Despacho, Directores/as de Departamento Administrativo, Gerentes/as o Directores/as de las entidades descentralizadas, en los/as funcionarios/as de la administración tributaria, en las Juntas Administradoras Locales y en los/as Alcaldes/as Locales.

Que de conformidad con el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores/as o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que al tenor del artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#18) del Acuerdo 257 de 2006 el/la Alcalde/sa Mayor puede asignar o distribuir negocios y funciones entre organismos y entidades distritales, teniendo en cuenta una relación directa con el objeto y funciones generales del respectivo organismo o entidad distrital.

Que mediante el Decreto 0114 de 2011, el Gobernador del Departamento de Cundinamarca, creó el Comité de Regulación Hidráulica en ese Departamento, "para el manejo del caudal y curso de los ríos de la jurisdicción territorial, con el fin de reducir o minimizar, el riesgo de inundación en centros urbanos o áreas rurales adyacentes a dichos afluentes y el mejoramiento de las características de la cobertura vegetal de las áreas colindantes, así como para la creación de áreas multifuncionales a lo largo de las mismas".

Que el artículo 1° del citado Decreto determinó la integración de dicho Comité, en la que se prevé la participación de un delegado de Bogotá, Distrito Capital, que sea designado por el/la Alcalde/sa Mayor. En mérito de lo expuesto,**

RESUELVE:

Artículo 1°-:** Designar al/la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB- ESP, como delegado/a de Bogotá, Distrito Capital, en el Comité de Regulación Hidráulica del Departamento de Cundinamarca.

Artículo 2°-:** Enviar copia de esta Resolución a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB- ESP y a la Gobernación de Cundinamarca.

Artículo 3°-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 5 días del mes de agosto de 2011. CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor Designada.** | Proyectó: | Fernando Pachón Piñeros ---|--- Revisó: | Amparo del Pilar León Salcedo Aprobó: | Camilo José Orrego Morales

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