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Resolución 1165 de 2012

Resolución 1165 de 2012 Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud

Tipo
Resolución
Número
1165
Año
2012
Fecha
19 de diciembre de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1165 DE 2012

(Diciembre 19)

“Por la cual se hace una modificación a la Resolución No.[1458](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38942#0)del 18 de diciembre de 2009 por la cual se integra el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Salud y del Fondo Financiero Distrital de Salud”

EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD Y DIRECTOR DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el Artículo 75 de la Ley 446 de1998; Decreto Distrital 122 de 2007 Y Articulo 17 del Decreto 1716 de 2009 y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta que la Resolución No. 1458 del 16 de diciembre de 2009 proferida por el señor Secretario Distrital de Salud y Director del Fondo Financiero Distrital de Salud, en su artículo 2, integro el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Salud y Fondo Financiero Distrital de Salud con los siguientes Directivos: * El (la) Secretario (a) Distrital de Salud, en su condición de Jefe de la Entidad y Director (a) Ejecutivo (a) del Fondo Financiero Distrital de Salud y Ordenador (a) del gasto de ambas Entidades, o su delegado (a) el Subsecretario (a) Distrital de Salud, quien lo presidirá. * El (la) Director Jurídico (a) y de Contratación * El ( la ) Director (a) Financiero (a) * El (la) Director (a) del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias – CRUE * El (la) Director (la) de Salud Pública.

Que teniendo en cuenta que el Director de Salud Pública, Dr. Jaime Hernan Urrego Rodriguez solicito su retiro como Integrante del Comité de Conciliación, por cuanto dado los múltiples compromisos institucionales que tiene la Dirección de Salud Pública no le es posible asistir a las respectivas sesiones; solicitud que le fue aceptada en sesión del 31-08-12, Acta No. 2012-0011.

Que acorde con lo estipulado en el Decreto 1716 de 2009, el Secretario Distrital de Salud y Director del Fondo Financiero Distrital de Salud en su calidad de ordenador del gasto y los Directores de Jurídica y Contratación, Financiero y Crue indican que el integrante que reemplace al Director de Salud Pública sea el Director (a) Administrativo de la Secretaria Distrital de Salud para que haga parte de los integrantes del Comité de Conciliación. Por lo anteriormente expuesto, se

RESUELVE:

Artículo primero.

-** Modificar la Resolución No. 1458 del 18 de diciembre de 2009, en su articulo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38942#2) Integración, quedando conformado el Comité de Conciliación de la Secretaria Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud, con los siguientes integrantes: * El (la) Secretario (a) Distrital de Salud, en su condición de Jefe de la Entidad y Director (a) Ejecutivo (a) del Fondo Financiero Distrital de Salud y Ordenador (a) del gasto de ambas Entidades, o su delegado (a) el Subsecretario (a) Distrital de Salud, quien lo presidirá. * El (la) Director Jurídico (a) y de Contratación * El (la) Director (a) Financiero (a) * El (la) Director (a) del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias – CRUE * El (la) Director (la) Administrativo (a)

Artículo segundo.

-** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2012.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ Secretario de Despacho de la Secretaria Distrital de Salud y Director Fondo Financiero Distrital de Salud NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5170 de julio 31 de 2013

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