Resolución 276 de 2012
Resolución 276 de 2012 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
- Tipo
- Resolución
- Número
- 276
- Año
- 2012
- Fecha
- 10 de julio de 2012
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 276 DE 2012 (Julio 10) "Por la cual se otorga una autorización al Instituto Para la Economía Social - IPES para celebrar un convenio de asociación con la Asociación Nacional de Estudiantes Afrocolombianos - ASNEA". EL SECRETARIO DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 4º del Decreto 777 de 1992 y
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 355 Constitucional estableció que el Gobierno Distrital podrá, con recursos del respectivo presupuesto, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el plan seccional de desarrollo.
Que el Gobierno Nacional reglamentó la celebración de los contratos a que se refiere el inciso segundo del artículo 355 Constitucional mediante el Decreto 777 de 1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año.
Que el artículo 4º del Decreto 777 de 1992, modificado por el Decreto 1403 de 1992, establece que con el fin de que un establecimiento pueda celebrar un contrato de aquellos de los que regula dicho decreto, será necesario que la respectiva entidad descentralizada obtenga la autorización expresa del representante legal de la entidad territorial correspondiente, esto es, del Distrito Capital. Que, según lo establecido por los Decretos 777 y 1403 de 1992, dentro de los principales requisitos que se deben tener en cuenta para la celebración de este tipo de contratos se encuentran los siguientes:
Que se realicen con entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad, la experiencia con resultados satisfactorios que acreditan la capacidad técnica y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro para realizar el objeto del contrato.
Que consten por escrito y se sujeten a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, salvo lo que dispongan los mencionados decretos.
Que previa a la celebración del contrato se expida un certificado de disponibilidad presupuestal en el cual conste que dichos compromisos están amparados con apropiación presupuestal disponible y que se encuentra acorde con el plan de desarrollo distrital vigente.
Que en el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 se establece que las entidades estatales, cualquiera sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observancia de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de personas jurídicas particulares, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquella la ley.
Que del mismo modo, en el citado artículo 96 se establece que los convenios de asociación se celebrarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, en ellos se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes.
Que el Instituto Para la Economía Social –IPES-, mediante comunicación, solicita en los términos del artículo 4º del Decreto 777 de 1992, modificado por el Decreto 1403 del mismo año, autorización para celebrar un Convenio de Asociación con la ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESTUDIANTES AFROCOLOMBIANOS - ASNEA, identificada con N.I.T. No. 830029136-0.
Que el citado Convenio de Asociación tiene por Objeto _"Convenio de asociación para aunar esfuerzos, recursos técnicos, humanos administrativos y financieros entre el Instituto Para la Economía Social IPES y el ejecutor para el fortalecimiento de las industrias culturales de las poblaciones étnicas (afros e indígenas) víctimas del conflicto armado radicada en el Distrito Capital en el marco de la feria de las colonias"._ Que el Instituto Para la Economía Social –IPES-, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3851 del 10 de julio de 2012 por el valor de noventa y ocho milllones de pesos moneda legal ($98.000.000), como aporte para el convenio que se somete a autorización, y por su parte la Asociación Nacional de Estudiantes Afrocolombianos - Asnea aportará al convenio que se pretende celebrar la suma de cuatro millones novecientos mil pesos moneda legal ($4.900.000).
Que el Instituto Para la Economía Social –IPES- verificó todos y cada uno de los requisitos exigidos por el artículo 355 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y los Decretos 777 y 1403 de 1992, y las demás disposiciones legales aplicables a la contratación señalada.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
-** Autorizar al Instituto Para la Economía Social -IPES-, a través de su representante legal, para celebrar un Convenio de Asociación con la ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESTUDIANTES AFROCOLOMBIANOS - ASNEA, identificada con N.I.T. No. 830029136-0, cuyo objeto es "Convenio de asociación para aunar esfuerzos, recursos técnicos, humanos administrativos y financieros entre el Instituto Para la Economía Social IPES y el ejecutor para el fortalecimiento de las industrias culturales de las poblaciones étnicas (afros e indígenas) víctimas del conflicto armado radicada en el Distrito Capital en el marco de la feria de las colonias".
Artículo 2°.
-** El valor total del convenio que se autoriza a celebrar es de CIENTO DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGAL ($102.900.000), de los cuales serán aportados por el Instituto Para la Economía Social –IPES- NOVENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($98.000.000), según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 3851 del 10 de julio de 2012. Los demás recursos serán aportados por el asociado.
Artículo 3°.
- La presente resolución surte efectos a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de julio de dos mil doce (2012). CARLOS FIDEL SIMANCAS NARVAEZ Secretario de Desarrollo Económico NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4937 de julio 31 de 2012.
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