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Resolución 1282 de 2012

Resolución 1282 de 2012 Ministerio de Transporte

Tipo
Resolución
Número
1282
Año
2012
Fecha
30 de marzo de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 1282 DE 2012 (Marzo 30) Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016. EL MINISTRO DE TRANSPORTE En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los artículos 2° literal e) de la Ley 105 de 1993, 4° parágrafo 1° de la Ley 769 de 2002 y 1 y 2 numerales 2.2 y 2.7 del Decreto número 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Constitución Política artículo 2°, las autoridades de la República están instituidas para salvaguardar a las personas en su vida, honra y bienes;

Que de acuerdo con lo establecido por el literal e) del artículo 2° de la Ley 105 de 1993 _" La seguridad de las personas constituye una de las prioridades del sistema y del sector transporte"; _ Que el artículo 1° del Decreto número 087 de 2011 establece que: _" El Ministerio de Transporte tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo"; _ Que el artículo 2° del Decreto número 087 de 2011 establece las funciones del Ministerio de Transporte, entre las cuales se encuentran las de: _" 2.2 Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de transporte, tránsito y la infraestructura de los modos de su competencia"; "2.7 Fijar y adoptar la política, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de transporte y de construcción y conservación de su infraestructura"; _ Que el artículo 13 del mismo decreto establece dentro de las funciones del Despacho del Viceministro de Transporte las de: _" 13.1 Realizar la coordinación sectorial e intersectorial para la planeación, formulación de las políticas, estrategias y estudios relacionados con los servicios de transporte y tránsito, la logística, la seguridad vial y los sistemas inteligentes de transporte, orientado al desarrollo económico y social que requiere el país"; "13.3 Coordinar las relaciones del Ministerio con las entidades territoriales y el sector privado en lo relacionado con los servicios de transporte y tránsito, la logística, la seguridad vial y los sistemas inteligentes de transporte", "13.4 Realizar la coordinación y articulación con las entidades territoriales y del Gobierno Nacional para la planeación, ejecución y seguimiento de los sistemas de movilidad urbana que sean cofinanciados por el Gobierno Nacional"; _ Que el parágrafo 1° del artículo 4° de la Ley 769 de 2002 establece que: "_El Ministerio de Transporte deberá elaborar un Plan Nacional de Seguridad Vial para disminuir la accidentalidad en el país que sirva además como base para_ los _planes departamentales, metropolitanos, distritales y municipales, de control de piratería e ilegalidad";_ Que el numeral 4 del artículo 3° del Decreto número 29 de 2002, modificado por el artículo 2° del Decreto número 3680 de 2007 establece como función de la Comisión Intersectorial de Seguridad en las Carreteras la aprobación del Plan Nacional de Seguridad Vial;

Que la alta accidentalidad vial en Colombia se ha convertido en una de las principales causas de muerte violenta en el país, por lo cual se hace indispensable establecer, implementar y ejecutar medidas y acciones dirigidas a evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito y a reducir los índices de siniestralidad enfocados hacia los diferentes componentes y actores del tránsito;

Que a través de la Ley 1450 de 2011 o Plan Nacional de Desarrollo, el Estado colombiano definió la seguridad vial como Política de Estado y como prioridad del Gobierno Nacional;

Que el Ministerio de Transporte elaboró el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016, el cual fue presentado a consideración de la Comisión Intersectorial de Seguridad en las Carreteras, quien lo aprobó en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2011, según Acta número 31;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, **

RESUELVE:

Artículo 1°. Adoptar el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016, contenido en el texto anexo, como un documento de política pública, que forma parte integral de la presente resolución. Artículo 2°. Definir las siguientes Líneas de Acción Estratégicas para la implementación y ejecución del Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016: 1. Aspectos Institucionales. 2. Estrategias sobre el Comportamiento Humano. 3. Estrategias sobre los Vehículos. 4. Estrategias sobre la Infraestructura Vial. 5. Sistema de Atención y Rehabilitación a Víctimas. | ASPECTOS INSTITUCIONALES ---

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