Jurismart

Resolución 0247 de 2012

Resolución 247 de 2012 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Tipo
Resolución
Número
0247
Año
2012
Fecha
17 de abril de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 0247 DE 2012 (Abril 17) Mediante la cual se modifica la Resolución 0037 del 21 de enero de 2008 "Por la cual se adopta El Manual de Interventoría para los Contratos Especiales de Gestión de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP" EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, ESP, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 literal b) del Acuerdo No. 011 de 2010 "por el cual se adoptó un nuevo marco estatutario para la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP", faculta al Gerente General para expedir actos, celebrar contratos y ejecutar las operaciones necesarias para asegurar el normal funcionamiento de la Empresa.

Que mediante Resolución 0037 de 2008 por la cual se adopta el manual de interventoría para los contratos especiales de gestión de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, no se estipuló en el artículo tercero sobre las POLÍTICAS, al funcionario competente ni el procedimiento a seguir cuando se presente ausencia temporal o definitiva de los coordinadores, interventores y/o funcionarios de apoyo de las unidades controlables de los contratos especiales de gestión.

Que en virtud de lo anterior, se debe modificar el artículo tercero de la Resolución 0037 de 2008 para establecer el procedimiento a seguir ante la ausencia temporal o definitiva en la empresa de los coordinadores, interventores y/o funcionarios de apoyo de las unidades controlables de los contratos especiales de gestión.

Que conforme a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Modificar el numeral 6° del artículo 3°- POLÍTICAS, de la Resolución 0037 del 21 de enero de 2008, el cual quedará así:

Artículo tercero.

POLÍTICAS. Las políticas generales que enmarcan el proceso de interventoría a los contratos especiales de gestión, son las siguientes: (…) 6.** En caso de ausencia temporal o definitiva de los coordinadores, interventores y/o funcionarios de apoyo de las unidades controlables de los contratos especiales de gestión, el Gerente Corporativo correspondiente designará su reemplazo hasta que el titular asuma la función. El funcionario saliente deberá entregar informe al día del estado del contrato. De no designarse reemplazo, el gerente del área asumirá dicha función.

Artículo segundo.

Las disposiciones contenidas en la Resolución 0037 del 21 de enero de 2008, no modificadas expresamente por esta resolución continúan vigentes.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C. a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil doce (2012). DIEGO BRAVO BORDA Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4877 de abril 19 de 2012.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar